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Condiciones generales de tratamiento de datos

Las Condiciones Generales de Tratamiento de Datos ("CGPD") forman parte de las Condiciones Generales ("Condiciones Generales") o de cualquier otro Acuerdo escrito entre Slidecrew ("Encargado del Tratamiento") y el usuario ("Responsable del Tratamiento") al que se apliquen las Condiciones Generales. El Procesador procesa datos personales en nombre del Controlador en relación con la organización y gestión de eventos promocionales utilizando el software de eventos todo en uno del Procesador.

El GDPT debe entenderse como un acto jurídicamente vinculante de conformidad con el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos ("GDPR"). En el curso de la prestación de servicios al Controlador de conformidad con el Acuerdo, el Procesador se compromete a cumplir con las disposiciones del GDPT. Las partes pueden desviarse del GDPT por escrito. El Procesador también ofrece una versión optimizada del GDPT: La Enmienda de Procesamiento de Datos. Envíe cualquier consulta a info@slidecrew.com.

1.1.  La terminología utilizada en el GDPT, como "tratamiento" y "datos personales", tiene el significado definido en el GDPR.

2.1.  El encargado del tratamiento se compromete a tratar los datos personales por cuenta del responsable del tratamiento de conformidad con las condiciones establecidas en el GDPT. El tratamiento se ejecutará exclusivamente en el marco del Acuerdo, y para todos aquellos fines razonablemente relacionados con el mismo o que puedan acordarse posteriormente. En general, los fines del tratamiento consistirán en inscribir y ponerse en contacto con las personas interesadas en el evento del Responsable con la utilización de los servicios del Encargado del tratamiento.

2.2.  El Responsable del tratamiento se compromete a utilizar los servicios del Encargado del tratamiento para tratar datos personales. Los datos personales pueden incluir, entre otras, las siguientes categorías:

  • Nombres
  • Dirección
  • Direcciones de correo electrónico
  • Números de teléfono
  • Nombres de los empleadores
  • Cargos
  • Otras categorías de datos personales especificadas por el responsable del tratamiento

2.3.  El responsable del tratamiento se compromete a utilizar los servicios del encargado del tratamiento para tratar los datos personales de las siguientes categorías de interesados:

  • Empleados del interventor
  • Miembros del Consejo
  • Contratistas independientes
  • Personas que trabajan para clientes del Interventor
  • Personas que trabajan para proveedores del Interventor
  • Otros contactos profesionales
  • Otras personas que pueden estar interesadas en el acto del Interventor

2.4.  El responsable del tratamiento notificará al encargado del tratamiento los fines del tratamiento, así como las categorías de datos personales y los interesados, en la medida en que no se hayan citado ya en el GDPT. El responsable del tratamiento podrá utilizar la información de contacto del responsable y de los empleados del responsable del tratamiento con fines de calidad, como el envío de encuestas o la realización de estudios estadísticos sobre la calidad de sus servicios.

2.5.  El encargado del tratamiento no tomará decisiones unilaterales en relación con el tratamiento de los datos personales para otros fines.

2.6.  Todos los derechos relativos a los datos personales tratados por el encargado del tratamiento por cuenta del responsable del tratamiento seguirán correspondiendo al responsable del tratamiento y/o a los interesados afectados.

2.7.  El encargado del tratamiento no podrá ser considerado responsable en ningún caso de los daños u otras consecuencias derivadas del tratamiento de categorías especiales de datos personales (art. 9 del RGPD) por cuenta del responsable del tratamiento.

3.1.  En relación con el tratamiento a que se refiere el artículo anterior, el Responsable y el Encargado se comprometerán a cumplir la legislación aplicable en materia de privacidad, como el GDPR.

3.2.  A petición del responsable del tratamiento y en un plazo razonable, el encargado del tratamiento le facilitará información detallada sobre las medidas que haya adoptado para cumplir las obligaciones que le incumben en virtud del GDPT.

3.3.  Las obligaciones del encargado del tratamiento derivadas de los términos del GDPT se aplican también a cualquier persona que trate los datos personales siguiendo instrucciones del encargado del tratamiento (subencargados del tratamiento).

4.1.  Las operaciones de tratamiento permitidas serán semiautomatizadas y se realizarán bajo el control del Encargado del Tratamiento. El encargado del tratamiento es el único responsable del tratamiento de datos personales con arreglo al GDPT, de conformidad con las instrucciones del responsable del tratamiento y bajo la responsabilidad (final) del responsable del tratamiento. El encargado del tratamiento no es responsable de ninguna otra operación de tratamiento de datos personales, incluida la recogida de datos personales por el responsable del tratamiento, el tratamiento para fines que el responsable del tratamiento no haya comunicado al encargado del tratamiento y el tratamiento por terceros y/o para otros fines no indicados en el GDPT.

4.2.  El responsable del tratamiento declara y garantiza que dispone de una base jurídica válida para tratar los datos personales pertinentes y para contratar al encargado del tratamiento en relación con dicho tratamiento de datos personales. Además, el responsable del tratamiento declara y garantiza que el tratamiento por parte del encargado no es ilícito y no infringe ningún derecho de terceros. En este contexto, el responsable del tratamiento exime al encargado del tratamiento de todas las reclamaciones y acciones de terceros relacionadas con el tratamiento ilícito de datos personales.

4.3.  En caso de que la legislación aplicable en materia de protección de la intimidad exija la realización de una evaluación del impacto sobre la intimidad antes de que pueda llevarse a cabo el tratamiento previsto en virtud del Acuerdo y del GDPT, el encargado del tratamiento prestará asistencia al responsable del tratamiento en la medida necesaria y razonable. El encargado del tratamiento podrá cobrar costes razonables por dicha asistencia.

5.1.  El procesador puede procesar los datos personales en países dentro de la Unión Europea (UE). Además, el Procesador también puede transferir los datos personales a un país fuera de la UE, siempre que se hayan cumplido los requisitos legales para dicha transferencia. En relación con lo anterior, el Procesador está específicamente autorizado a utilizar Google Cloud Platform para alojar sus servicios. Google cuenta con la verificación Privacy Shield y el Procesador elegirá uno de los centros de datos europeos de Google para alojar el servicio del Procesador y almacenar los datos personales recopilados a través de dicho servicio.

5.2.  Previa solicitud, el Procesador notificará al Controlador en qué país o países se procesarán los datos personales. Además, cuando el Responsable del tratamiento haga uso de los servicios de venta de entradas del Procesador, el Responsable del tratamiento acepta que los pagos de dichas entradas sean gestionados por Mollie.

5.3.  En el marco del Acuerdo y del GDPT, se autoriza al encargado del tratamiento a contratar a terceros (subencargados del tratamiento). A petición del responsable del tratamiento, el encargado del tratamiento informará al responsable del tratamiento sobre los subencargados del tratamiento contratados por el encargado del tratamiento. El encargado del tratamiento informará al responsable del tratamiento de cualquier cambio previsto en los subencargados utilizados, en cuyo caso el responsable del tratamiento tendrá derecho a oponerse (por escrito, en el plazo de dos semanas y con argumentos) al cambio propuesto en los subencargados. Resumen de los subprocesadores está disponible en el sitio web de Processor.

5.4.  En caso de que el Responsable del tratamiento se oponga a dicho cambio, las Partes se esforzarán conjuntamente por encontrar una solución razonable. Si las Partes no pueden llegar a una solución, el Encargado del Tratamiento podrá efectuar el cambio previsto en los subencargados del tratamiento utilizados y el Responsable del Tratamiento podrá resolver el Acuerdo (incluido el GDPT) en la fecha en que el Encargado del Tratamiento efectúe efectivamente el cambio en los subencargados del tratamiento utilizados.

5.5.  El procesador se compromete a vincular a los subprocesadores pertinentes a obligaciones sustancialmente idénticas a las que el procesador está vinculado sobre la base del GDPT.

6.1.  El Encargado del Tratamiento se esforzará por adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas contra la pérdida o cualquier forma de tratamiento ilícito (como la divulgación, el deterioro, la alteración o la difusión no autorizados de datos personales) en relación con la realización del tratamiento de datos personales con arreglo al GDPT.

6.2.  El encargado del tratamiento se esforzará por garantizar que las medidas de seguridad sean de un nivel razonable, teniendo en cuenta el estado de la técnica, la sensibilidad de los datos personales y los costes relacionados con las medidas de seguridad.

6.3.  En relación con los apartados anteriores, el encargado del tratamiento adoptará las medidas técnicas y organizativas mencionadas en la política de seguridad del encargado del tratamiento. Esta política de seguridad está disponible en el sitio web del encargado del tratamiento y puede actualizarse periódicamente.

6.4.  El Procesador se esfuerza por actualizar su política de seguridad únicamente para mejorarla, teniendo en cuenta los apartados 1 y 2 de este artículo, las innovaciones en el ámbito de la seguridad y la experiencia del usuario.

6.5.  La mencionada política de seguridad podrá añadirse al GDPT como apéndice a título informativo, si bien la política de seguridad tal y como está disponible en el sitio web del Procesador seguirá siendo la principal.

6.6.  El Responsable del tratamiento sólo pondrá los datos personales a disposición del Encargado del tratamiento si tiene la garantía de que se han adoptado las medidas de seguridad necesarias.

7.1.  En caso de violación de la seguridad, el encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, en la medida de sus posibilidades y sin dilación indebida, a más tardar 48 horas después de haber tenido conocimiento de la misma, tras lo cual el responsable del tratamiento determinará si informa o no a los interesados y/o a la autoridad reguladora pertinente.

7.2.  Una "violación de la seguridad", tal como se establece en este artículo 7, es una violación de la seguridad del responsable del tratamiento que conlleva (una probabilidad significativa de) graves consecuencias negativas para la protección de los datos personales, tal como se menciona en los artículos 33 y 34 del RGPD.

7.3.  Si así lo exigen la ley y/o los reglamentos, el encargado del tratamiento cooperará en la notificación a las autoridades pertinentes y/o a los interesados. El Responsable del Tratamiento seguirá siendo la Parte responsable de cualquier obligación legal al respecto.

7.4.  El deber de notificar una violación de seguridad incluye en todo caso el deber de notificar el hecho de que se ha producido una violación de datos personales, incluidos los detalles relativos a:

a. la (presunta) causa de la infracción;

b. la naturaleza de la violación, incluidas, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, así como las categorías y el número aproximado de registros de datos afectados;

c. sus consecuencias (actualmente conocidas y/o previstas);

d. la solución (propuesta);

e. las medidas que ya se han adoptado para hacer frente a la violación de los datos personales, incluida, en su caso, la mitigación de sus posibles efectos adversos.

8.1.  Cuando un interesado presente al encargado del tratamiento una solicitud relativa a sus datos personales (por ejemplo, para consultar, rectificar o suprimir los datos, o para recibir una copia de los mismos), el encargado del tratamiento transmitirá la solicitud al responsable del tratamiento, que se encargará de tramitarla. El encargado del tratamiento podrá notificarlo al interesado. A petición del responsable del tratamiento, el encargado del tratamiento prestará asistencia en la tramitación de dicha solicitud en la medida necesaria y razonable. El encargado del tratamiento podrá cobrar costes razonables por dicha asistencia.

9.1.  Todos los datos personales tratados en el marco del GDPT por el encargado del tratamiento (y/o sus subencargados) por cuenta del responsable del tratamiento están sujetos a un deber de confidencialidad frente a terceros. El Encargado del tratamiento obligará a sus empleados y/o subencargados, que realizarán actividades de tratamiento en el marco del GDPT, a respetar una obligación de confidencialidad.

9.2.  Este deber de confidencialidad no se aplicará en caso de que el Responsable del tratamiento haya autorizado expresamente el suministro de dicha información a terceros, cuando el suministro de la información a terceros sea razonablemente necesario habida cuenta de la naturaleza de las instrucciones y de la aplicación del GDPT, o cuando exista una obligación legal de poner la información a disposición de un tercero.

10.1.  El Responsable del Tratamiento tiene derecho a que un tercero independiente, obligado a mantener la confidencialidad, realice auditorías para comprobar el cumplimiento del GDPT por parte del Encargado del Tratamiento.

10.2.  Dichas auditorías sólo podrán tener lugar después de:

  • el responsable del tratamiento ha solicitado (al encargado del tratamiento) los informes de auditoría similares de terceros independientes que ya obran en poder del encargado del tratamiento; y
  • el Interventor ha revisado los informes de auditoría mencionados y puede aportar razones legítimas para iniciar una auditoría según lo mencionado en el apartado 1.

10.3.  La auditoría mencionada en el apartado 1 sólo podrá realizarse una vez por año civil. Al menos dos semanas antes de que pueda tener lugar una auditoría, el responsable del tratamiento informará al encargado del tratamiento de la misma.

10.4.  El encargado del tratamiento cooperará con la auditoría y facilitará toda la información razonablemente pertinente para la misma, incluidos los datos de apoyo, como los registros del sistema, y los empleados, lo antes posible.

10.5.  Los resultados de la auditoría realizada serán evaluados por las Partes en consulta mutua y, a raíz de ello, podrán ser aplicados o no por una de las Partes o por ambas conjuntamente.

10.6.  Los costes de la auditoría, incluidos los costes que el encargado del tratamiento tenga que realizar para cooperar con la auditoría, correrán a cargo del responsable del tratamiento.

11.1.  El GDPT es parte integrante del Contrato, lo que significa que el GDPT se celebra por la duración establecida en el Contrato (incluidas todas las renovaciones y/o prórrogas del mismo) y que las disposiciones adicionales del Contrato y las Condiciones Generales del Procesador, como la limitación de responsabilidad, también son directamente aplicables al GDPT.

11.2.  Transcurridos treinta (30) días desde la finalización de un evento del Responsable del tratamiento, éste eliminará de sus sistemas todos los datos (personales) relativos a dicho evento, salvo que se acuerde otra cosa. Dentro del citado plazo de treinta días, el Responsable del tratamiento tiene la posibilidad de exportar sus datos (personales) en formato Excel.

11.3.  Tras la expiración del acuerdo, el responsable del tratamiento (en función de la elección del responsable del tratamiento) ofrecerá al responsable del tratamiento la oportunidad de obtener una copia de los datos personales pertinentes (aún disponibles en los sistemas del responsable del tratamiento en ese momento) en formato .CSV, o eliminará los datos personales pertinentes aún disponibles en los sistemas del responsable del tratamiento, a menos que exista una obligación legal para el responsable del tratamiento de conservar los datos.

11.4.  El encargado del tratamiento cooperará plenamente en la modificación y ajuste del GDPT en caso de que se produzcan cambios en la legislación sobre privacidad.

12.1.  El GDPT y su aplicación se regirán por la legislación neerlandesa.

12.2.  Cualquier disputa que surja entre las Partes en relación con y/o derivada del GDPT será remitida al tribunal holandés competente en el distrito donde el Procesador tenga su domicilio social.

12.3.  En caso de incoherencia entre los documentos y sus apéndices, se aplicará el siguiente orden de prioridad:

a. el Acuerdo;

b. el PIBT;

c. las Condiciones Generales;

d. condiciones adicionales, si procede.

12.4.  Los registros y mediciones realizados por el encargado del tratamiento se considerarán auténticos, salvo que el responsable del tratamiento aporte pruebas convincentes de lo contrario.

Slidecrew Condiciones generales

El presente documento establece las condiciones por las que se rigen estos servicios prestados por Deslizador. Le recomendamos que las lea atentamente. Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas y acuerdos con Slidecrew. Los términos y condiciones aplicados por el Usuario que se desvíen de o que no estén incluidos en estos términos y condiciones generales sólo obligan a Slidecrew si y en la medida en que hayan sido explícitamente aceptados por escrito por Slidecrew.

Resumen

Usted es responsable de sus propios actos
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Trabajar con terceros
Usted es el único responsable de los acuerdos establecidos con terceros y de vincularlos al sistema. Slidecrew no se hace responsable de dichos acuerdos. Por ejemplo: vincular Slidecrew con software de registro o invitación de terceros.

 

Términos NLdigital

Las Condiciones NLdigital han sido depositadas por NLdigital en el Tribunal de Distrito de Midden-Nederland, localidad de Utrecht.

En caso de controversias relativas a la interpretación de la versión inglesa de las Condiciones de NLdigital, prevalecerá el texto neerlandés. 2020 NLdigital

 

Artículo 1 Aplicabilidad Términos NLdigital

1.1 Estas Condiciones Generales de NLdigital (en lo sucesivo también denominadas: estas condiciones generales) se aplican a todas las ofertas y acuerdos por los que el proveedor entrega bienes y/o servicios, de cualquier naturaleza y bajo cualquier nombre, al cliente.

1.2 Estas condiciones generales sólo podrán modificarse o completarse si las partes lo acuerdan por escrito.

1.3 Se excluye explícitamente la aplicabilidad de cualquiera de las condiciones de compra u otras del cliente.

1.4 Si y en la medida en que el proveedor ponga a disposición del cliente productos o servicios de terceros o conceda acceso a dichos productos o servicios, las condiciones de los terceros en cuestión se aplicarán a dichos productos o servicios en la relación entre el proveedor y el cliente y sustituirán a las disposiciones de estas condiciones generales que se aparten de las condiciones de dichos terceros, siempre que el cliente haya sido informado por el proveedor sobre la aplicabilidad de las condiciones (de licencia o de venta) de dichos terceros y se haya dado al cliente una oportunidad razonable de tomar conocimiento de dichas condiciones. Contrariamente a la frase anterior, el cliente no podrá invocar el incumplimiento por parte del proveedor de la obligación anteriormente mencionada si el cliente es una de las partes a las que se refiere el artículo 6:235 párrafo 1 o párrafo 3 del Código Civil de los Países Bajos.

1.5 Si y en la medida en que las condiciones de terceros en la relación entre el cliente y el proveedor mencionadas anteriormente resulten inaplicables o se declaren inaplicables por cualquier motivo, se aplicarán íntegramente las presentes condiciones generales.

1.6 Si alguna disposición de estas condiciones generales fuera nula o anulada, las demás disposiciones de estas condiciones generales seguirán siendo plenamente aplicables y efectivas. En ese caso, el proveedor y el cliente se consultarán para acordar nuevas disposiciones que tengan el mismo propósito, en la medida de lo posible, y que sustituirán a las disposiciones nulas o anuladas.

1.7 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.4, las disposiciones de estas condiciones generales prevalecerán en caso de conflicto sobre cualquiera de las disposiciones adoptadas por las partes, a menos que las partes se hayan apartado explícitamente de estas condiciones por escrito, con referencia a las mismas. En caso de conflicto entre las disposiciones de diferentes secciones de estas condiciones generales, se aplicarán las disposiciones de una sección anterior, a menos que las partes hayan acordado explícitamente lo contrario.

Artículo 2 Ofertas

2.1 Todas las ofertas y otras formas de comunicación del proveedor son sin compromiso, a menos que el proveedor indique lo contrario por escrito. El cliente garantiza la exactitud e integridad de la información proporcionada, con la excepción de errores tipográficos evidentes, por o en nombre del cliente al proveedor y en la que el proveedor ha basado su oferta.

Artículo 3 Precio y pago

3.1 Todos los precios excluyen el impuesto sobre el volumen de negocios (IVA) y otros gravámenes específicos del producto o servicio impuestos por las autoridades. Todos los precios indicados por el proveedor se expresan en euros y el cliente debe pagar en euros.

3.2 El Cliente no podrá derivar ningún derecho o expectativa de cualquier estimación de costes o presupuesto emitido por el Proveedor, a menos que las partes hayan acordado lo contrario por escrito. Un presupuesto comunicado por el cliente sólo se considerará un precio (fijo) acordado por las partes si así se ha acordado explícitamente por escrito.

3.3 Si del contrato se desprende que el cliente está formado por varias personas físicas y/o jurídicas, cada una de ellas será responsable solidaria frente al proveedor del cumplimiento del contrato.

3.4 En lo que se refiere a las actividades realizadas por el proveedor y las sumas adeudadas por el cliente por estas actividades, la información de la administración del proveedor constituye una prueba completa, sin perjuicio del derecho del cliente a aportar pruebas en contrario.

3.5 En caso de que el cliente tenga la obligación de realizar pagos periódicos, el proveedor podrá ajustar los precios y tarifas aplicables, por escrito y de conformidad con el índice o cualquier otro criterio incluido en el acuerdo, dentro del plazo especificado en el acuerdo. Si el acuerdo no prevé explícitamente la posibilidad de ajustar los precios o tarifas, el proveedor podrá ajustar los precios y tarifas aplicables, por escrito y respetando un plazo de al menos tres meses. Si, en este último caso, el cliente no desea aceptar el ajuste de precios, el cliente tiene derecho a rescindir el acuerdo mediante notificación de rescisión (opzeggen) por escrito, dentro de los treinta días siguientes a la notificación del ajuste y con efecto a partir de la fecha en que los nuevos precios y/o tarifas entrarían en vigor.

3.6 En su acuerdo, las partes fijan la fecha o fechas en las que el proveedor factura los honorarios correspondientes a las actividades acordadas con el cliente. Las sumas adeudadas serán abonadas por el cliente de conformidad con las condiciones de pago acordadas o indicadas en la factura. El cliente no tiene derecho a suspender ningún pago ni a compensar ninguna de las sumas adeudadas.

3.7 En caso de que el cliente no pague las sumas debidas o no las pague a tiempo, el cliente deberá pagar los intereses legales de los contratos comerciales sobre cualquier suma pendiente, sin que sea necesario un recordatorio o notificación de incumplimiento. En caso de que el cliente no pague la suma adeudada, incluso después de un recordatorio o una notificación de incumplimiento, el proveedor podrá pasar la reclamación al cobro y el cliente estará obligado a pagar, dentro de lo razonable y además de la suma total adeudada en ese momento, todos los costes judiciales y extrajudiciales, incluidos todos los costes cobrados por expertos externos, todo ello sin perjuicio de cualquiera de los derechos legales y contractuales del proveedor.

Artículo 4 Duración del acuerdo

4.1 Si y en la medida en que el acuerdo entre las partes sea un contrato de ejecución continua, el acuerdo se celebra por el plazo acordado por las partes. Se aplicará el plazo de un año si no se ha acordado un plazo específico.

4.2 La duración del contrato por tiempo definido se prorrogará tácitamente, cada vez por el período de tiempo acordado originalmente con un máximo de un año, a menos que el cliente o el proveedor rescindan el contrato mediante notificación escrita de rescisión (opzeggen), con la debida observancia de un plazo de preaviso de tres meses antes de la finalización del plazo correspondiente.

Artículo 5 Confidencialidad

5.1 El comitente y el proveedor garantizan la observancia del secreto con respecto a toda la información recibida de la otra parte de la que la parte receptora sepa o deba saber razonablemente que es confidencial. Esta prohibición no se aplicará si y en la medida en que la información en cuestión deba facilitarse a un tercero en cumplimiento de una decisión judicial, un requisito legal, una orden legal de una autoridad pública o para la correcta ejecución del acuerdo. La parte que reciba la información confidencial sólo podrá utilizarla para el fin para el que se le haya facilitado. En cualquier caso, la información se considerará confidencial si ha sido designada como tal por cualquiera de las partes.

5.2 El Cliente reconoce que el software puesto a disposición por el proveedor es siempre de naturaleza confidencial y que este software contiene secretos comerciales del proveedor y sus proveedores o del productor del software.

Artículo 6 Privacidad y tratamiento de datos

6.1 Si esto fuera relevante, en opinión del proveedor, para la ejecución del acuerdo, el cliente informará por escrito a los proveedores, a petición del proveedor, sobre la forma en que el cliente cumple con sus obligaciones en virtud de las normas y reglamentos aplicables relativos a la protección de datos personales.

6.2 El cliente exime al proveedor de cualquier reclamación por parte de personas cuyos datos personales sean o hayan sido procesados y de cuyo procesamiento sea responsable el cliente conforme a la ley, a menos que el cliente demuestre que los hechos en los que se basa una reclamación son atribuibles al proveedor.

6.3 El Cliente es plenamente responsable de los datos que procesa al hacer uso de un servicio prestado por el proveedor. El cliente garantiza frente al proveedor que el contenido, el uso y/o el tratamiento de los datos no son ilícitos y no infringen ningún derecho de terceros. El cliente exime al proveedor de cualquier reclamación de terceros presentada, por cualquier motivo, en relación con estos datos o con la ejecución del contrato.

6.4 Si, a raíz de una solicitud o de una orden emitida legalmente por una autoridad pública o en el contexto de una obligación legal, el cliente debe realizar actividades relacionadas con los datos del cliente, de los empleados del cliente o de los usuarios, los costes que ello conlleve podrán correr a cargo del cliente.

6.5 Si el proveedor realiza actividades para el cliente como encargado del tratamiento en el sentido de la normativa relativa a la protección de datos personales, también se aplicará la sección 2 "Cláusulas tipo para el tratamiento".

Artículo 7 Seguridad

7.1 Si el proveedor está obligado a proporcionar algún tipo de seguridad de la información en virtud del acuerdo, esta protección cumple las especificaciones sobre seguridad que las partes han acordado por escrito. El proveedor no garantiza que la seguridad de la información proporcionada sea eficaz en todas las circunstancias. Si el acuerdo no incluye un método de seguridad definido explícitamente, las características de seguridad proporcionadas cumplen con un nivel que no es irrazonable en vista del estado de la técnica, los costes de implementación, la naturaleza, el alcance y el contexto, tal como los conoce el proveedor, de la información que debe protegerse, los fines y el uso estándar de los productos y servicios del proveedor y la probabilidad y gravedad de los riesgos previsibles.

7.2 Los códigos de acceso o identificación y los certificados proporcionados por o en nombre del proveedor al cliente son confidenciales y deben ser tratados como tales por el cliente, y sólo pueden darse a conocer al personal autorizado de la propia organización o empresa del cliente. El proveedor tiene derecho a modificar los códigos de acceso o identificación y los certificados. El cliente es responsable de gestionar estas autorizaciones y de proporcionar y revocar debidamente los códigos de acceso e identificación.

7.3 En caso de que las funciones de seguridad o la comprobación de las funciones de seguridad pertenezcan a software, hardware o infraestructura que no haya sido entregada por el proveedor al cliente, el cliente garantiza que se han obtenido todas las licencias o aprobaciones para que la realización de dichas actividades esté realmente permitida. El proveedor no es responsable de ningún daño causado por o en relación con la realización de estas actividades. El cliente exime al proveedor de cualquier reclamación, por el motivo que sea, derivada de la realización de estas actividades.

7.4 El Proveedor tiene derecho a adaptar las medidas de seguridad de vez en cuando si fuera necesario como consecuencia de un cambio en las circunstancias.

7.5 El Cliente asegura adecuadamente sus sistemas e infraestructuras y los mantiene adecuadamente protegidos.

7.6 El proveedor podrá dar instrucciones al cliente sobre medidas de seguridad destinadas a evitar o minimizar incidentes, o las consecuencias de incidentes, que puedan afectar a la seguridad. Si el cliente no siguiera las instrucciones dadas por el proveedor o por una autoridad pública pertinente, o no las siguiera a tiempo, el proveedor no será responsable y el cliente indemnizará al proveedor por cualquier daño que pudiera derivarse de ello.

7.7 El proveedor está autorizado en todo momento a instalar instalaciones técnicas y organizativas para proteger el hardware, los archivos de datos, los sitios web, el software puesto a disposición, el software u otras obras a las que se haya concedido acceso al cliente, ya sea directa o indirectamente, también en relación con una restricción acordada en el contenido o la duración del derecho a utilizar estos objetos. El cliente no podrá eliminar o eludir ninguna de dichas instalaciones técnicas ni hacer que éstas sean eliminadas o eludidas.

Artículo 8 Reserva de dominio, reserva de derechos y suspensión

8.1 Todos los bienes entregados al cliente seguirán siendo propiedad del proveedor hasta que todas las sumas adeudadas por el cliente al proveedor en virtud del acuerdo celebrado entre las partes hayan sido pagadas al proveedor en su totalidad. Un cliente que actúe como revendedor podrá vender y suministrar todos los bienes que estén sujetos a la reserva de propiedad del proveedor en la medida en que esto sea habitual en el contexto del curso normal de los negocios del cliente.

8.2 Las consecuencias patrimoniales de la reserva de propiedad con respecto a cualquier mercancía destinada a la exportación se regirán por las leyes del estado de destino si las leyes pertinentes contienen disposiciones más favorables para el proveedor.

8.3 Cuando proceda, los derechos se concederán o transferirán al cliente a condición de que éste haya abonado todas las cantidades adeudadas en virtud del contrato.

8.4 El proveedor podrá retener toda la información, documentos, software y/o archivos de datos recibidos o creados en el contexto del contrato, a pesar de una obligación existente de entregarlos o transferirlos, hasta que el cliente haya pagado todas las sumas adeudadas al proveedor.

Artículo 9 Transferencia del riesgo

9.1 El riesgo de pérdida, robo, apropiación indebida o daño de bienes, información (incluidos nombres de usuario, códigos y contraseñas), documentos, software o archivos de datos creados para, entregados a o utilizados por el cliente en el contexto de la ejecución del contrato se transfiere al cliente en el momento en que se ponen bajo el control real del cliente o de una persona auxiliar del cliente.

Artículo 10 Propiedad intelectual

10.1 Todos los derechos de propiedad intelectual sobre el software, sitios web, archivos de datos, bases de datos, hardware, formación, materiales de prueba y examen, así como otros materiales tales como análisis, diseños, documentación, informes, ofertas, incluidos los materiales preparatorios para estos materiales, desarrollados o puestos a disposición del cliente en virtud del acuerdo son propiedad exclusiva del proveedor, sus licenciantes o sus proveedores. Al cliente se le conceden exclusivamente los derechos de uso establecidos en estas condiciones generales, en el acuerdo celebrado por las partes por escrito y en las disposiciones legales obligatorias aplicables. El derecho de uso concedido al cliente es no exclusivo, no transferible, no pignorable (niet-verpandbaar) y no sublicenciable.

10.2 Si el proveedor está dispuesto a comprometerse a transferir un derecho de propiedad intelectual, tal compromiso sólo podrá efectuarse explícitamente por escrito. Si las partes acuerdan por escrito que se transfiera al cliente un derecho de propiedad intelectual con respecto a software, sitios web, archivos de datos, hardware, know-how u otras obras o materiales desarrollados específicamente para el cliente, esto no afectará a los derechos u opciones del proveedor de utilizar y/o explotar, ya sea para sí mismo o para terceros y sin restricción alguna, las partes, diseños, algoritmos, documentación, obras, protocolos, normas y similares en los que se basan los desarrollos mencionados para otros fines. El Proveedor también tiene derecho a utilizar y/o explotar, para sí mismo o para terceros y sin restricción alguna, los principios generales, ideas y lenguajes de programación que hayan servido de base para crear o desarrollar cualquier obra para otros fines. La cesión de un derecho de propiedad intelectual no afecta al derecho del proveedor a seguir desarrollando, para sí mismo o para terceros, software -o elementos de software- similares o derivados de software -o elementos de software- que hayan sido o estén siendo desarrollados para el cliente.

10.3 El Cliente no está autorizado a eliminar o cambiar ninguna indicación con respecto a la naturaleza confidencial del software, sitios web, archivos de datos, hardware o materiales o con respecto a derechos de autor, marcas, nombres comerciales o cualquier otro derecho de propiedad intelectual perteneciente al software, sitios web, archivos de datos, hardware o materiales, ni a eliminar o cambiar ninguna indicación de este tipo.

10.4 El proveedor indemnizará al cliente por cualquier reclamación de un tercero basada en la alegación de que el software, los sitios web, los archivos de datos, el hardware u otros materiales desarrollados por el propio proveedor infringen un derecho de propiedad intelectual de dicho tercero, siempre que el cliente informe sin demora al proveedor por escrito sobre la existencia y el contenido de la reclamación y deje la resolución de la reclamación, incluidos los acuerdos que deban adoptarse en este contexto, totalmente en manos del proveedor. A tal fin, el cliente facilitará al proveedor los poderes y la información necesarios y prestará la asistencia que el proveedor requiera para defenderse de tales reclamaciones. Esta obligación de indemnización no se aplicará si la supuesta infracción se refiere a (i) obras o materiales puestos a disposición del proveedor por el cliente para su uso, modificación, procesamiento o mantenimiento o (ii) modificaciones que el cliente haya implementado o haya hecho implementar en el software, sitios web, archivos de datos, hardware u otras obras y materiales sin el permiso por escrito del proveedor. Si se establece irrevocablemente ante un tribunal que el software, los sitios web, los archivos de datos, el hardware u otras obras y materiales desarrollados por el propio proveedor infringen cualquier derecho de propiedad intelectual perteneciente a un tercero, o si, en opinión del proveedor, existe una buena probabilidad de que se produzca tal infracción, el proveedor garantiza, si es posible, que el cliente pueda seguir utilizando, o utilizar equivalentes funcionales del software, los sitios web, los archivos de datos, el hardware u otras obras y materiales entregados. Queda excluida cualquier otra obligación que pudiera tener el proveedor de indemnizar al cliente por cualquier infracción del derecho de propiedad intelectual de un tercero.

10.5 El comitente garantiza que ningún derecho de terceros se opone a la puesta a disposición del proveedor de hardware, software, material destinado a páginas web, archivos de datos y/u otros materiales, diseños y/u otras obras con fines de uso, mantenimiento, procesamiento, instalación o integración; esta garantía también se refiere a que el comitente disponga de las licencias pertinentes. El cliente exime al proveedor de cualquier reclamación de un tercero basada en la alegación de que la puesta a disposición y/o el uso, mantenimiento, procesamiento, instalación o integración infringe un derecho de dicho tercero.

10.6 El proveedor nunca estará obligado a realizar la conversión de datos a menos que se haya acordado explícitamente por escrito con el cliente.

10.7 El proveedor tiene derecho a utilizar la marca figurativa, el logotipo o el nombre del cliente en su comunicación externa.

Artículo 11 Prestación de servicios

11.1 El proveedor prestará sus servicios de la mejor manera posible y, en su caso, de conformidad con las disposiciones y procedimientos acordados por escrito con el cliente. Todos los servicios prestados por el proveedor se llevarán a cabo sobre la base de la obligación del mejor esfuerzo, a menos y en la medida en que el proveedor haya prometido explícitamente un resultado en el acuerdo por escrito y el resultado en cuestión se haya descrito en el acuerdo de manera suficientemente precisa.

11.2 El proveedor no será responsable de los daños sufridos o de los costes incurridos como consecuencia del uso o mal uso que se haga de los códigos o certificados de acceso o identificación o de cualquier otro medio de seguridad, a menos que el mal uso sea el resultado directo de cualquier intención o imprudencia deliberada por parte de la dirección del proveedor.

11.3 Si el contrato se ha celebrado con vistas a su ejecución por una persona determinada, el proveedor siempre tendrá derecho a sustituir a esta persona por otra u otras que posean las mismas y/o similares cualificaciones.

11.4 El proveedor no está obligado a seguir las instrucciones del cliente en la ejecución de los servicios, especialmente si dichas instrucciones modifican o amplían el contenido o el alcance de los servicios acordados. No obstante, si se siguen dichas instrucciones, las actividades realizadas se facturarán según las tarifas aplicables del proveedor.

Artículo 12 Obligación de información y asistencia

12.1 Las partes reconocen que el éxito de las actividades a realizar en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación depende de la cooperación adecuada y oportuna de las partes. El Cliente se compromete siempre a cooperar plenamente, dentro de lo razonable y a tiempo.

12.2 El comitente garantiza la exactitud e integridad de los datos, informaciones, diseños y especificaciones proporcionados por el comitente o en su nombre al proveedor. Si los datos, la información, los diseños o las especificaciones proporcionados por el cliente contienen inexactitudes evidentes para el proveedor, el proveedor solicitará al cliente que proporcione más información.

12.3 Por razones de continuidad, el cliente designa a una persona o personas de contacto que actúan como tales durante el tiempo en que el proveedor presta sus servicios. Las personas de contacto del cliente tienen la experiencia pertinente requerida, conocimientos específicos de la materia y una comprensión adecuada de los objetivos que el cliente desea alcanzar.

12.4 El Cliente asume el riesgo de seleccionar los bienes y/o servicios a suministrar por el proveedor. El comitente pone siempre el máximo cuidado en garantizar que los requisitos establecidos para la prestación del proveedor sean correctos y completos. Las medidas y datos proporcionados en dibujos, imágenes, catálogos, sitios web, ofertas, material publicitario, hojas de estandarización y similares no son vinculantes para el proveedor a menos que el proveedor indique explícitamente lo contrario.

12.5 Si el cliente emplea a empleados y/o auxiliares en la ejecución del contrato, estos empleados y auxiliares deberán tener los conocimientos y la experiencia requeridos. Si los empleados del proveedor realizan actividades en las instalaciones del cliente, éste garantizará la disponibilidad de las instalaciones necesarias, como un espacio de trabajo con instalaciones informáticas y de red, de forma puntual y gratuita. El proveedor no será responsable de los daños sufridos o de los costes incurridos por errores de transmisión, mal funcionamiento o falta de disponibilidad de estas instalaciones, a menos que el cliente demuestre que estos daños o costes han sido causados por dolo o imprudencia deliberada por parte de la dirección del proveedor.

12.6 El espacio de trabajo y las instalaciones deberán cumplir todos los requisitos legales. El cliente indemnizará al proveedor frente a reclamaciones de terceros, incluidos los empleados del proveedor, que, durante la ejecución del contrato, sufran daños causados por actos u omisiones del cliente o por situaciones inseguras en la organización o empresa del cliente. Antes de que comiencen las actividades a realizar, el cliente informará a los empleados contratados por el proveedor sobre las normas de la empresa, las normas de información y las normas de seguridad que se aplican en la organización o empresa del cliente.

12.7 El Cliente es responsable de la gestión, incluidas las comprobaciones de los ajustes, y del uso de los productos suministrados y/o servicios prestados por el proveedor, así como de la forma en que se apliquen los resultados de los productos y servicios. El Cliente también es responsable de instruir adecuadamente a los usuarios y del uso que éstos hagan de los productos y servicios.

12.8 El propio cliente es responsable del hardware, la infraestructura y el software auxiliar y garantiza la instalación, organización, parametrización y puesta a punto del software (auxiliar) para su propio hardware y, en caso necesario, la modificación y actualización del hardware, otro software (auxiliar) y el entorno operativo utilizado, así como la interoperabilidad deseada por el cliente.

Artículo 13 Grupos de proyecto y de dirección

13.1 Si ambas partes participan en un proyecto o grupo director en el que uno o varios de sus empleados han sido designados, el suministro de información tendrá lugar de la forma acordada para dicho proyecto o grupo director.

13.2 Las decisiones tomadas en un proyecto o en un grupo de dirección en el que participen ambas partes sólo serán vinculantes para el proveedor si las decisiones se toman de conformidad con lo que las partes hayan acordado por escrito al respecto o, si no se ha llegado a ningún acuerdo por escrito en este contexto, si el proveedor ha aceptado por escrito la decisión correspondiente. El proveedor nunca estará obligado a aceptar o aplicar una decisión si, en su opinión, ésta no puede conciliarse con el contenido y/o la correcta ejecución del acuerdo.

13.3 El cliente garantiza que las personas que ha designado para participar en un proyecto o en un grupo de dirección están autorizadas a tomar decisiones vinculantes para el cliente.

Artículo 14 Condiciones y plazos

14.1 El proveedor hace esfuerzos razonables, dentro de lo razonable, para cumplir en la mayor medida posible con los plazos y fechas intermedias y/o fechas y fechas de entrega, sean o no plazos y/o fechas estrictas, que haya especificado o que hayan acordado las partes. Las fechas provisionales y las fechas de entrega especificadas por el proveedor o acordadas por las partes se aplican siempre como fechas objetivo, no vinculan al proveedor y son siempre indicativas.

14.2 Si es probable que se sobrepase un plazo o un periodo de tiempo, el proveedor y el cliente se consultan para discutir las consecuencias de que se sobrepase el plazo en relación con la planificación posterior.

14.3 En todos los casos - por lo tanto, también si las partes han acordado plazos y estrictos periodos de entrega o fechas y plazos de entrega - el proveedor sólo incurrirá en incumplimiento por haberse excedido un plazo o periodo de tiempo después de que el cliente haya notificado al proveedor por escrito el incumplimiento y haya fijado un plazo razonable para que el proveedor remedie el incumplimiento de sus obligaciones y este plazo razonable haya transcurrido. La notificación de incumplimiento debe describir el incumplimiento de las obligaciones del proveedor de la manera más completa y detallada posible para que el proveedor tenga la oportunidad de responder adecuadamente.

14.4 Si se ha acordado que las actividades a realizar en virtud del contrato deben llevarse a cabo por fases, el proveedor tendrá derecho a posponer el inicio de las actividades de una fase siguiente hasta que el cliente haya aprobado por escrito los resultados de la fase anterior.

14.5 El proveedor no estará vinculado por una fecha o plazo de entrega, sean o no plazos y/o fechas estrictos, si las partes han acordado un ajuste en el contenido o alcance del acuerdo (trabajo adicional, un cambio de especificaciones, etc.) o un cambio de enfoque con respecto a la ejecución del acuerdo, o si el cliente no cumple con sus obligaciones en virtud del acuerdo o no lo hace a tiempo o en su totalidad. En caso de que sea necesario realizar trabajos adicionales durante la ejecución del contrato, esto nunca constituirá un motivo para que el cliente notifique la rescisión del contrato (opzeggen) o lo rescinda por incumplimiento (ontbinden).

Artículo 15 Rescisión del acuerdo por incumplimiento o mediante notificación de rescisión

15.1 Cualquiera de las partes tiene derecho exclusivo a rescindir el acuerdo por incumplimiento (ontbinden) tras un incumplimiento imputable de la otra parte de sus obligaciones en virtud del acuerdo si la otra parte, en todos los casos después de una notificación por escrito de incumplimiento que sea lo más detallada posible y en la que se conceda a la otra parte un plazo razonable para remediar el incumplimiento, sigue incumpliendo imputablemente cualquiera de sus obligaciones esenciales en virtud del acuerdo. Las obligaciones de pago del cliente y todas las obligaciones del cliente o de un tercero contratado por el cliente de cooperar y/o facilitar información se aplican en todos los casos como obligaciones esenciales en virtud del acuerdo.

15.2 Si, en el momento de la resolución por incumplimiento, el cliente ya ha recibido bienes o servicios en cumplimiento del contrato, este cumplimiento y las obligaciones de pago correspondientes no podrán deshacerse a menos que el cliente demuestre que el proveedor se encuentra en mora con respecto a la parte esencial del cumplimiento debido. Teniendo en cuenta lo dispuesto en la frase anterior, las sumas facturadas por el proveedor antes de la resolución por incumplimiento en relación con lo que ya se ha realizado o entregado correctamente en el marco de la ejecución del contrato seguirán siendo exigibles en su totalidad y serán inmediatamente pagaderas en el momento de la resolución por incumplimiento.

15.3 Un acuerdo que, debido a su naturaleza y contenido, no se cumpla mediante ejecución y que se haya celebrado por tiempo indefinido podrá ser rescindido, previa consulta entre las partes, por cualquiera de ellas mediante notificación por escrito de la rescisión a la otra parte (opzeggen). Deberán indicarse los motivos de la rescisión. Si no se ha acordado un plazo de preaviso entre las partes, deberá respetarse un plazo razonable al notificar la rescisión. El proveedor nunca estará obligado a pagar indemnización alguna por esta rescisión.

15.4 El cliente no tiene derecho a rescindir (opzeggen) un acuerdo de prestación de servicios que se haya celebrado por un periodo de tiempo definido antes de que finalice el plazo; el cliente tampoco tiene derecho a rescindir (opzeggen) un acuerdo que finalice por finalización antes de que se haya completado.

15.5 Cualquiera de las partes podrá rescindir (opzeggen) el contrato por escrito, total o parcialmente, sin necesidad de notificación de incumplimiento y con efecto inmediato, si a la otra parte se le concede una suspensión de pagos, provisional o no, se presenta una solicitud de quiebra contra la otra parte o la empresa de la otra parte se liquida o disuelve con fines distintos a los de reestructuración o fusión de empresas. El proveedor también podrá rescindir (opzeggen) el acuerdo, total o parcialmente, sin necesidad de notificación de incumplimiento y con efecto inmediato, si se produce un cambio directo o indirecto en el control decisivo de la empresa del cliente. El proveedor nunca estará obligado a devolver ninguna suma de dinero ya recibida ni a pagar ninguna suma de dinero en concepto de indemnización debido a la rescisión a la que se hace referencia en este párrafo. En caso de quiebra irrevocable del cliente, finalizará su derecho a utilizar el software, las páginas web y similares puestos a disposición del cliente, así como su derecho a acceder y/o utilizar los servicios del proveedor, sin que el proveedor esté obligado a cancelar estos derechos.

Artículo 16 Responsabilidad del proveedor

16.1 La responsabilidad total del Proveedor por un incumplimiento imputable en la ejecución del contrato o derivado de cualquier otra base legal, incluyendo explícitamente todos y cada uno de los incumplimientos de una obligación de garantía o indemnización acordada con el cliente, se limita a la indemnización por daños y perjuicios tal y como se describe con más detalle en este artículo.

16.2 Los daños directos se limitan a un máximo del precio estipulado para el acuerdo en cuestión (IVA excluido). Si el acuerdo es principalmente un contrato de ejecución continua con una duración superior a un año, el precio estipulado para el acuerdo se fija en la suma total de los pagos (sin IVA) estipulados para un año. En ningún caso la responsabilidad total del proveedor por cualquier daño directo, sea cual sea su fundamento jurídico, superará los 500.000 euros (quinientos mil euros).

16.3 La responsabilidad total del Proveedor por cualquier daño derivado de muerte o lesiones corporales o derivado de daños materiales a los bienes se limita a la cantidad de 1.250.000 euros (un millón doscientos cincuenta mil euros).

16.4 Queda excluida la responsabilidad por daños indirectos, pérdidas consecuenciales, pérdida de beneficios, pérdida de ahorros, reducción del fondo de comercio, pérdidas debidas a la interrupción de la actividad empresarial, pérdidas como resultado de reclamaciones de clientes del cliente, pérdidas derivadas del uso de bienes, materiales o software de terceros prescritos por el cliente al proveedor y cualquier daño y pérdida derivados de la contratación de proveedores que el cliente haya recomendado al proveedor. También queda excluida la responsabilidad por corrupción, destrucción o pérdida de datos o documentos.

16.5 Las exclusiones y limitaciones de la responsabilidad del proveedor descritas en los artículos 16.2 hasta 16.4 inclusive se entienden sin perjuicio alguno de las demás exclusiones y limitaciones de la responsabilidad del proveedor descritas en estas condiciones generales.

16.6 Las exclusiones y limitaciones mencionadas en los artículos 16.2 hasta 16.5 inclusive dejarán de aplicarse si y en la medida en que el daño haya sido causado por dolo o imprudencia deliberada por parte de la dirección del proveedor.

16.7 A menos que el cumplimiento por parte del proveedor sea permanentemente imposible, el proveedor será exclusivamente responsable por un incumplimiento imputable en el cumplimiento de un contrato si el cliente notifica prontamente al proveedor por escrito el incumplimiento, otorgando al proveedor un plazo razonable para remediar el incumplimiento, y el proveedor sigue incumpliendo imputablemente sus obligaciones después de transcurrido dicho plazo razonable. La notificación de incumplimiento debe describir el incumplimiento del proveedor de la manera más completa y detallada posible para que el proveedor tenga la oportunidad de responder adecuadamente.

16.8 El derecho a indemnización por daños y perjuicios nace exclusivamente si el cliente comunica el daño al proveedor por escrito lo antes posible después de que se haya producido el daño. Cualquier reclamación de indemnización por daños y perjuicios presentada contra el proveedor caducará por el mero transcurso de un plazo de veinticuatro meses desde el inicio de la reclamación, a menos que el cliente haya iniciado una acción legal por daños y perjuicios antes de la expiración de este plazo.

16.9 El cliente exime al proveedor de cualquier reclamación de terceros derivada de la responsabilidad por el producto debido a un defecto en un producto o sistema que el cliente haya entregado a un tercero y que consistiera en parte en hardware, software u otros materiales entregados por el proveedor, a menos y en la medida en que el cliente pueda demostrar que la pérdida fue causada por el hardware, software u otros materiales mencionados.

16.10 Las disposiciones de este artículo y todas las demás exclusiones y limitaciones de responsabilidad mencionadas en estas condiciones generales se aplican también a favor de todas las personas físicas y jurídicas que el proveedor y los proveedores del proveedor contraten para la ejecución del contrato.

Artículo 17 Fuerza mayor

17.1 Ninguna de las partes estará obligada a cumplir ninguna obligación, incluida cualquier obligación de garantía legal y/o acordada, si se ve impedida de hacerlo por circunstancias ajenas a su control (overmacht). Circunstancias fuera del control del proveedor incluyen, entre otras cosas: (i) circunstancias fuera del control de los proveedores del proveedor, (ii) el incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones contraídas por el proveedor siguiendo instrucciones del cliente, (iii) defectos en los bienes, hardware, software o materiales de terceros que el proveedor utilice siguiendo instrucciones del cliente, (iv) medidas de las autoridades públicas, (v) cortes de electricidad, (vi) fallos de Internet, de la red de datos o de las instalaciones de telecomunicaciones, (vii) (ciber)delincuencia, (ciber)vandalismo, guerra o terrorismo y (viii) problemas generales de transporte.

17.2 Si una situación de fuerza mayor se prolonga durante más de sesenta días, cualquiera de las partes tendrá derecho a rescindir el acuerdo, por escrito, por incumplimiento (ontbinden). En tal caso, todo lo ya ejecutado en virtud del acuerdo deberá ser abonado de forma proporcional, sin que ninguna de las partes deba nada más a la otra.

Artículo 18 Acuerdo de nivel de servicio

18.1 Los posibles acuerdos sobre un nivel de servicio (Service Level Agreement) se acuerdan exclusivamente por escrito. El Cliente informará sin demora al Proveedor de cualquier circunstancia que pueda afectar al nivel de servicio o a su disponibilidad.

18.2 Si se ha acordado algún nivel de servicio, la disponibilidad del software, los sistemas y los servicios relacionados se medirá siempre de tal forma que no se tengan en cuenta las indisponibilidades debidas al servicio de mantenimiento preventivo, correctivo o adaptativo u otras formas de servicio que el proveedor haya notificado al cliente con antelación y las circunstancias ajenas al control del proveedor. Salvo prueba en contrario ofrecida por el cliente, la disponibilidad medida por el proveedor se considerará concluyente.

Artículo 19 Copias de seguridad

19.1 Si los servicios prestados al cliente en virtud del contrato incluyen la realización de copias de seguridad de los datos del cliente, el proveedor realizará una copia de seguridad completa de los datos del cliente que obren en su poder, respetando los plazos acordados por escrito, o una vez a la semana si no se han acordado dichos plazos. El proveedor conserva la copia de seguridad durante el plazo acordado o durante el plazo habitual del proveedor si no se han tomado otras medidas al respecto. El proveedor conserva la copia de seguridad con el debido cuidado y diligencia.

19.2 El Cliente es responsable del cumplimiento de todas las obligaciones legales aplicables en materia de mantenimiento de registros y conservación de datos.

Artículo 20 Ajustes y trabajos extraordinarios

20.1 Si, a petición del cliente o previo consentimiento del cliente, el proveedor ha realizado actividades o ha entregado bienes o prestado servicios que están fuera del ámbito de las actividades y/o entrega de bienes o prestación de servicios acordados, se cobrará al cliente por estas actividades o por estos bienes o servicios sobre la base de las tarifas acordadas o, si las partes no han acordado tarifas, sobre la base de las tarifas aplicables del proveedor. El proveedor no estará obligado a atender dicha solicitud y podrá exigir que, a tal efecto, se celebre un acuerdo separado por escrito.

20.2 El comitente es consciente de que las adaptaciones y los trabajos adicionales (pueden) tener como consecuencia el aplazamiento de las condiciones y plazos de entrega y/o de las fechas y plazos de entrega. Las nuevas condiciones y plazos de entrega y/o fechas y plazos de entrega indicados por el proveedor sustituyen a las condiciones y plazos de entrega y/o fechas y plazos de entrega anteriores.

20.3 En la medida en que se haya acordado un precio fijo para el contrato, el proveedor informará al cliente, a petición de éste y por escrito, sobre las consecuencias financieras del trabajo adicional o de la entrega adicional de bienes o servicios a los que se hace referencia en este artículo.

Artículo 21 Transferencia de derechos y obligaciones

21.1 El Cliente no tiene derecho a vender, transferir o pignorar (verpanden) sus derechos y obligaciones en virtud de un acuerdo a un tercero.

21.2 El Proveedor tiene derecho a vender, transferir o pignorar (verpanden) cualquier derecho que tenga al pago de cualquier suma adeudada a un tercero.

Artículo 22 Ley aplicable y litigios

22.1 Los acuerdos entre el proveedor y el cliente se rigen por las leyes de los Países Bajos. Se excluye la aplicabilidad de la Convención de Viena de 1980 (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG)).

22.2 Cualquier disputa que pueda surgir de un acuerdo entre las partes y/o de cualquier otro acuerdo derivado de este acuerdo se resolverá mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Fundación para la Resolución de Disputas de Automatización (Stichting Geschillenoplossing Automatisering - SGOA - (www.sgoa.eu), esto sin perjuicio del derecho de cualquiera de las partes a solicitar medidas cautelares en procedimientos de medidas cautelares preliminares o procedimientos de medidas cautelares arbitrales y sin perjuicio del derecho de cualquiera de las partes a embargar bienes antes de la sentencia. El procedimiento de arbitraje tendrá lugar en Ámsterdam, o en cualquier otro lugar designado en el Reglamento de Arbitraje.

22.3 Si un litigio derivado de un acuerdo celebrado por las partes o de cualquier otro acuerdo derivado de este acuerdo es competencia de la sección cantonal del Tribunal de Distrito de los Países Bajos (kantongerecht), cualquiera de las partes tiene derecho, no obstante lo dispuesto en el artículo 22.2, a presentar el caso como un caso de tribunal cantonal ante el tribunal de distrito competente en los Países Bajos. Las partes sólo tienen derecho a iniciar este procedimiento si aún no se ha iniciado un procedimiento de arbitraje relativo al litigio en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2. Si, respetando las disposiciones de este artículo 22.3, cualquiera de las partes ha presentado el caso ante el tribunal de distrito competente para que sea conocido y decidido, el juez cantonal de dicho tribunal de distrito es competente para conocer del caso y decidir sobre el mismo.

22.4 En lo que respecta a un litigio derivado de un acuerdo suscrito por las partes o de cualquier otro acuerdo derivado del presente acuerdo, cualquiera de las partes siempre tendrá derecho a iniciar un procedimiento de mediación en materia de TIC de conformidad con el Reglamento de Mediación en materia de TIC de la Fundación para la Resolución de Conflictos sobre Automatización (Stichting Geschillenoplossing Automatisering - SGOA - (www.sgoa.eu). La otra parte está entonces obligada a participar activamente en el procedimiento de mediación TIC que se haya iniciado. Esta obligación jurídicamente exigible incluye en cualquier caso tener que asistir al menos a una reunión conjunta de mediadores y partes, con el fin de dar a esta forma extrajudicial de resolución de conflictos una oportunidad de éxito. Cualquiera de las partes es libre de poner fin al procedimiento de mediación TIC en cualquier momento después de esta primera reunión conjunta de mediadores y partes. Las disposiciones del presente párrafo no impiden a ninguna de las partes, si lo considera necesario, solicitar medidas cautelares en los procedimientos de medidas cautelares preliminares o en los procedimientos de medidas cautelares arbitrales, ni impiden a ninguna de las partes embargar bienes antes de la sentencia.

Las disposiciones de esta sección "Cláusulas tipo sobre el tratamiento de datos" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor trata datos personales, en el contexto de la ejecución de un acuerdo, para el responsable o responsables del tratamiento en calidad de (sub)encargado del tratamiento según lo dispuesto en las leyes y reglamentos sobre protección de datos personales. Estas "Cláusulas tipo sobre el tratamiento de datos", junto con las disposiciones prácticas sobre el tratamiento de datos personales incluidas en el acuerdo o en un apéndice independiente (por ejemplo, una Declaración de protección de datos), constituyen un acuerdo de tratamiento en el sentido del artículo 28, apartado 3, del Reglamento general de protección de datos (RGPD).

Artículo 23 Generalidades

23.1 El proveedor procesa los datos personales en nombre del cliente y de conformidad con las instrucciones escritas acordadas entre el proveedor y el cliente.

23.2 El cliente, o el cliente del cliente, es el controlador en el sentido del GDPR, tiene el control sobre el procesamiento de datos personales y ha establecido el propósito y los medios para el procesamiento de datos personales.

23.3 El proveedor es un procesador en el sentido del GDPR y, por esa razón, no tiene control sobre el propósito y los medios para el procesamiento de datos personales y, por lo tanto, no toma ninguna decisión sobre, entre otras cosas, el uso de los datos personales.

23.4 El proveedor aplica el GDPR según lo establecido en esta sección "Cláusulas estándar sobre el tratamiento de datos" y en el acuerdo. El cliente es responsable de evaluar, sobre la base de esta información, si el proveedor ofrece garantías adecuadas con respecto a la aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas para que el tratamiento cumpla los requisitos planteados por el GDPR y salvaguarde adecuadamente la protección de los derechos de los interesados.

23.5 El Cliente garantiza frente al proveedor que actúa de conformidad con el GDPR, que sus sistemas e infraestructuras están en todo momento debidamente protegidos y que el contenido, el uso y/o el tratamiento de los datos personales no son ilícitos ni vulneran derechos de terceros.

23.6 El cliente no tendrá derecho a reclamar al proveedor la devolución de una multa administrativa impuesta al cliente por la autoridad supervisora, sea cual sea el fundamento jurídico. En la presente sección (sección 2), por "autoridad de control" se entiende la autoridad de control mencionada en el GDPR.

Artículo 24 Seguridad

24.1 El proveedor adopta todas las medidas de seguridad técnicas y organizativas descritas en el acuerdo. Al aplicar estas medidas técnicas y organizativas, el proveedor ha tenido en cuenta el estado de la técnica, los costes que conlleva la aplicación de las medidas de seguridad, la naturaleza, el alcance y el contexto del tratamiento, la naturaleza de sus productos y servicios, los riesgos del tratamiento y los distintos riesgos, en términos de probabilidad y gravedad, planteados a los derechos y libertades de los interesados que el proveedor podría esperar en vista del uso que se pretende hacer de sus productos y servicios.

24.2 A menos que se indique explícitamente lo contrario en el acuerdo, el producto o servicio del proveedor no está destinado al tratamiento de categorías especiales de datos personales o datos relativos a condenas penales o delitos.

24.3 El proveedor se esforzará por garantizar que las medidas de seguridad que adopte sean apropiadas para el uso del producto o servicio previsto por el proveedor.

24.4 Las medidas de seguridad descritas ofrecen un nivel de seguridad, a juicio del cliente y teniendo en cuenta los factores mencionados en el artículo 24.1, adecuado al riesgo que entraña el tratamiento de los datos personales utilizados o facilitados por el cliente.

24.5 El proveedor podrá ajustar las medidas de seguridad aplicadas si ello fuera necesario, en opinión del proveedor, para seguir ofreciendo un nivel de seguridad adecuado. El proveedor mantendrá un registro de los ajustes importantes e informará al cliente de estos ajustes cuando proceda.

24.6 El Cliente podrá solicitar al Proveedor que aplique medidas de seguridad adicionales. El proveedor no está obligado a implementar ningún ajuste en sus medidas de seguridad tras dicha solicitud. El proveedor podrá cobrar al cliente los costes que conlleve la aplicación de los ajustes solicitados por el cliente. El proveedor no está obligado a aplicar realmente estas medidas de seguridad ajustadas antes de que las medidas de seguridad solicitadas por el cliente hayan sido acordadas por escrito.

Artículo 25 Violación de datos personales

25.1 El proveedor no garantiza que las medidas de seguridad sean eficaces en todas las circunstancias. Si el proveedor descubre una violación de datos personales, informará de ello al cliente sin demora injustificada. El acuerdo estipula la forma en que el proveedor informa al cliente de las violaciones de datos personales. Si no se han acordado medidas específicas, el proveedor se pondrá en contacto con la persona de contacto del cliente de la forma habitual.

25.2 Corresponde al responsable del tratamiento -es decir, al cliente o al cliente del cliente- evaluar si la violación de datos personales comunicada por el proveedor debe notificarse a la autoridad de control o al interesado. La notificación de las violaciones de datos personales es, en todo momento, responsabilidad del responsable del tratamiento, es decir, del cliente o del cliente del cliente. El proveedor no está obligado a informar de las violaciones de datos personales a la autoridad supervisora o al interesado.

25.3 En caso necesario, el proveedor proporciona más información sobre la violación de los datos personales y presta asistencia para facilitar al cliente la información que éste necesita para notificar una violación a la autoridad de control o al interesado.

25.4 El proveedor podrá cobrar al cliente por los costes implicados en este contexto, dentro de lo razonable y según las tarifas vigentes del proveedor.

Artículo 26 Confidencialidad

26.1 El proveedor garantiza que la obligación de respetar la confidencialidad se impone a cualquier persona que procese datos personales bajo su responsabilidad.

26.2 El proveedor está autorizado a facilitar datos personales a terceros si y en la medida en que ello sea necesario en virtud de una decisión judicial o de un requisito legal, sobre la base de una orden autorizada de una autoridad pública o en el contexto de la correcta ejecución del contrato.

Artículo 27 Obligaciones tras la rescisión

27.1 En caso de que finalice el acuerdo de procesamiento, el proveedor eliminará, dentro del plazo acordado en el acuerdo, todos los datos personales recibidos del cliente que tenga en su posesión de tal forma que ya no puedan utilizarse y sean inaccesibles, o, si así se ha acordado, devolverá estos datos al cliente en un formato legible por máquina.

27.2 El proveedor podrá facturar al cliente los gastos en que eventualmente haya incurrido en el marco de lo estipulado en el párrafo anterior. En el contrato podrán establecerse otras disposiciones al respecto.

27.3 Las disposiciones del artículo 27.1 no se aplican si las disposiciones legales prohíben al proveedor eliminar los datos personales o devolverlos, en parte o en su totalidad. En tal caso, el proveedor sólo continuará procesando los datos personales en la medida en que lo exijan sus obligaciones legales. Las disposiciones del artículo 27.1 tampoco se aplican si el proveedor es un controlador en el sentido del GDPR con respecto a los datos personales.

Artículo 28 Derechos de los interesados, Evaluación de Impacto sobre la Protección de Datos (EIPD) y derechos de auditoría

28.1 Siempre que sea posible, el proveedor prestará asistencia a las solicitudes razonables del cliente relacionadas con el ejercicio de los derechos de los interesados frente al cliente. Si un interesado se pone en contacto directamente con el proveedor, éste remitirá al interesado, siempre que sea posible, al cliente.

28.2 Si el cliente estuviera obligado en virtud del GDPR a llevar a cabo una Evaluación de Impacto de Protección de Datos (DPIA) o una consulta previa posterior, el proveedor presta asistencia, a petición razonable del cliente, en esta DPIA o consulta previa.

28.3 A petición del cliente, el proveedor proporcionará toda la información que sea razonablemente necesaria para demostrar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el acuerdo con respecto al tratamiento de datos personales, por ejemplo, mediante un Certificado Data Pro válido u otro certificado al menos equivalente, un informe de auditoría (Memorando de terceros) redactado por un experto independiente encargado por el proveedor o mediante otra información que deberá proporcionar el proveedor. Si, a pesar de ello, el cliente tuviera motivos para suponer que los datos personales no se procesan de conformidad con el acuerdo, el cliente podrá encargar una auditoría, como máximo una vez al año y con cargo al cliente, a un experto externo independiente y certificado que tenga experiencia demostrable en el tipo de procesamiento de datos que se lleva a cabo en virtud del acuerdo. El proveedor tiene derecho a rechazar a un experto si éste afecta, en opinión del proveedor, a su posición competitiva. La auditoría se limita a verificar el cumplimiento de las disposiciones sobre tratamiento de datos personales establecidas en el acuerdo. El experto está obligado a mantener la confidencialidad con respecto a sus conclusiones y sólo informa al cliente de las cuestiones que supongan un incumplimiento por parte del proveedor de sus obligaciones en virtud del acuerdo. El experto entregará al proveedor una copia de su informe. El proveedor podrá rechazar a un experto, una auditoría o una instrucción del experto si, en opinión del proveedor, ello constituye una violación del GDPR o de otras leyes y reglamentos, o si constituye una violación inaceptable de las medidas de seguridad aplicadas por el proveedor.

28.4 Las partes celebran consultas sobre las conclusiones del informe lo antes posible. 28.5. Las partes cumplen las medidas de mejora propuestas y establecidas en el informe en la medida en que pueda esperarse razonablemente de ellas. El proveedor aplica las medidas propuestas en la medida en que éstas sean apropiadas en opinión del proveedor, teniendo en cuenta los riesgos de tratamiento asociados al producto o servicio del proveedor, el estado de la técnica, los costes de aplicación, el mercado en el que opera el proveedor y el uso previsto del producto o servicio.

28.5 El proveedor tiene derecho a cobrar al cliente los costes en que haya incurrido en el contexto de las disposiciones establecidas en este artículo.

Artículo 29 Subtransformadores

29.1 El proveedor ha indicado en el contrato si contrata a terceros (subencargados del tratamiento) para el tratamiento de datos personales y, en caso afirmativo, qué terceros (subencargados del tratamiento) contrata.

29.2 El cliente autoriza al proveedor a contratar a otros subprocesadores en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del acuerdo.

29.3 El proveedor informa al comitente sobre posibles cambios con respecto a los terceros que contrata. El cliente tiene derecho a oponerse a dicho cambio por parte del proveedor.

Las disposiciones de esta sección "Software-as-a-service (SaaS)" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor presta servicios bajo el nombre o en el ámbito de Software-as-a-Service (también denominado: SaaS). Para la aplicación de estas condiciones generales, se entiende por SaaS un servicio por el cual el proveedor pone a disposición del cliente funcionalidades y las mantiene disponibles para él de forma remota, a través de Internet u otra red de datos, sin proporcionar al cliente un soporte físico con el software subyacente pertinente ni descargarlo.

Artículo 30 Implantación de SaaS

30.1 El proveedor proporciona el SaaS siguiendo instrucciones del cliente. El Cliente solo podrá utilizar el SaaS para su propia organización o empresa y únicamente en la medida necesaria para el uso previsto por el proveedor. El Cliente no podrá permitir que terceros hagan uso del SaaS.

30.2 El proveedor podrá adaptar el contenido o el alcance del SaaS. Si tales ajustes son sustanciales y dan lugar a un cambio en los procedimientos actuales del cliente, el proveedor informará al cliente sobre esto tan pronto como sea posible y los costes de este ajuste correrán a cargo del cliente. En este caso, el cliente podrá notificar la rescisión del acuerdo (opzeggen), que surtirá efecto en la fecha en que entre en vigor el ajuste, a menos que el ajuste esté relacionado con modificaciones de la legislación pertinente u otras instrucciones emitidas por las autoridades públicas, o que el ajuste corra a cargo del proveedor.

30.3 El Proveedor podrá seguir proporcionando el SaaS utilizando una versión nueva o modificada del software subyacente. El Proveedor no está obligado a mantener, modificar o añadir características o funcionalidades particulares del SaaS específicamente para el cliente.

30.4 El Proveedor podrá poner temporalmente fuera de servicio la totalidad o parte del SaaS para servicios de mantenimiento preventivo, correctivo o adaptativo u otras formas de servicio. El Proveedor se asegurará de que el periodo de tiempo durante el cual el SaaS esté fuera de servicio no se prolongue más de lo necesario y garantizará, en la medida de lo posible, que el servicio tenga lugar en los momentos en los que el SaaS se utilice habitualmente con menor intensidad.

30.5 El Proveedor nunca estará obligado a proporcionar al cliente un soporte físico o una descarga del software subyacente.

30.6 Si no se han tomado otras disposiciones al respecto, el propio cliente es responsable de diseñar, configurar, parametrizar y ajustar el SaaS, convertir y cargar los posibles datos y, en caso necesario, modificar el hardware y el entorno de usuario utilizados.

Artículo 31 Garantías

31.1 El proveedor no garantiza que el SaaS esté libre de errores y funcione sin interrupciones. El proveedor hará todo lo posible por reparar los errores del software subyacente a que se refiere el artículo 36.3 en un plazo razonable, siempre y cuando se trate de software subyacente desarrollado por el propio proveedor y el cliente haya facilitado al proveedor una descripción detallada y por escrito de los errores pertinentes. En un caso concreto, el proveedor podrá posponer la reparación de los errores hasta que se ponga en servicio una nueva versión del software subyacente. El proveedor no garantiza que se reparen los errores del SaaS que no haya desarrollado el propio proveedor. El proveedor tiene derecho a instalar soluciones temporales, derivaciones de programas o restricciones para evitar problemas en el SaaS. Si el SaaS, o parte del mismo, ha sido desarrollado siguiendo instrucciones del cliente, el proveedor podrá cobrar al cliente los costes en que incurra por la reparación del error o errores según las tarifas aplicables del proveedor. El proveedor nunca estará obligado a reparar otras imperfecciones que las mencionadas en este artículo. En caso de que el proveedor esté dispuesto a reparar otras imperfecciones distintas de las mencionadas en este artículo, el proveedor tendrá derecho a cobrar al cliente una tarifa aparte por ello.

31.2 Sobre la base de la información proporcionada por el proveedor sobre las medidas para prevenir y restringir los efectos del mal funcionamiento, errores y otras imperfecciones en el SaaS, la corrupción o pérdida de datos u otros incidentes, el cliente identifica y enumera los riesgos para su organización o empresa y, en caso necesario, toma medidas adicionales. El proveedor se declara dispuesto a prestar asistencia, a petición del cliente, en la medida de lo razonable y de acuerdo con las condiciones financieras y de otro tipo establecidas por el proveedor, con respecto a las medidas adicionales que deba adoptar el cliente. El proveedor nunca estará obligado a recuperar datos que se hayan corrompido o perdido, salvo volviendo a colocar -cuando sea posible- la copia de seguridad más reciente de los datos en cuestión.

31.3 El Proveedor no garantiza que el SaaS se adapte oportunamente a cualquier modificación de las leyes y reglamentos pertinentes.

Artículo 32 Inicio de la prestación; pago

32.1 El SaaS proporcionado por el proveedor -y, en su caso, el soporte- comienza en un plazo razonable tras la celebración del contrato. A menos que se acuerde lo contrario, el SaaS comienza cuando el cliente del proveedor concede el acceso al SaaS puesto a disposición por el proveedor. El cliente garantiza que dispone de las instalaciones necesarias para utilizar el SaaS inmediatamente después de la firma del contrato.

32.2 Los honorarios a pagar por el cliente por el SaaS se incluyen en el acuerdo. Si no se ha acordado ningún esquema de pago, todas las sumas relacionadas con el SaaS suministrado por el proveedor serán exigibles y pagaderas, por adelantado, por mes natural.

Artículo 33 Disposiciones adicionales

33.1 Los siguientes artículos se aplican igualmente al SaaS: 34.3, 34.5, 34.8, 36.1 (excluida la referencia al art. 40), 36.11, 48.4, 49.1, 49.2, 62.2 y 62.4 y 63. En estos artículos, la palabra "software" debe entenderse como "SaaS" y la palabra "entrega" como "inicio del servicio".

Las disposiciones de esta sección "Software" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor pone a disposición del cliente software y aplicaciones para su uso, junto con los datos o bases de datos pertinentes y/o la documentación de usuario para este software -en estas condiciones generales se denominarán conjuntamente "software"- que no sea sobre la base de un SaaS.

Artículo 34 Derecho de uso y restricciones de uso

34.1 El proveedor pone a disposición del cliente el software acordado en base a una licencia de uso y durante la vigencia del contrato. El derecho de uso del software es no exclusivo, intransferible, no prendario y no sublicenciable.

34.2 La obligación del proveedor de poner a disposición el software y el derecho del cliente a utilizar el software se extienden exclusivamente al denominado código objeto del software. El derecho del cliente a utilizar el software no se refiere al código fuente del software. El código fuente del software y la documentación técnica elaborada durante el desarrollo del software no se pondrán a disposición del cliente, ni siquiera en el caso de que el cliente esté dispuesto a pagar una compensación económica.

34.3 El Cliente siempre cumple estrictamente las restricciones acordadas sobre el uso del software, independientemente de la naturaleza o el contenido de dichas restricciones.

34.4 Si las partes han acordado que el software sólo puede utilizarse en combinación con un hardware determinado y este hardware presenta un fallo de funcionamiento, el cliente tendrá derecho a utilizar el software en otro hardware con las mismas cualificaciones durante el periodo de tiempo que el hardware original siga defectuoso.

34.5 El proveedor puede exigir que el cliente sólo comience a utilizar el software después de haber recibido uno o más códigos necesarios para el uso del proveedor, del proveedor del proveedor o del productor del software.

34.6 El Cliente sólo tiene derecho a utilizar el software en y para su propia organización o empresa y sólo en la medida necesaria para el uso previsto. El Cliente no utiliza el software en beneficio de terceros, por ejemplo en el contexto de Software-as-a-Service (SaaS) o externalización.

34.7 El cliente nunca tendrá derecho a vender, arrendar o enajenar, ni a conceder derechos limitados sobre el software y los soportes en los que el software esté o vaya a estar grabado, ni a ponerlos a disposición de terceros, de ninguna manera, con ningún fin ni bajo ningún título. El cliente tampoco tiene derecho a conceder, a distancia o no (en línea), a un tercero acceso al software ni a poner el software a disposición de un tercero para su alojamiento, ni siquiera en el caso de que el tercero en cuestión utilice el software exclusivamente en interés del cliente.

34.8 Si así se le solicita, el cliente prestará asistencia sin demora en cualquier investigación sobre el cumplimiento de las restricciones de uso acordadas que deba ser llevada a cabo por el proveedor o en su nombre. A la primera solicitud del proveedor, el cliente concederá al proveedor acceso a sus edificios y sistemas. En la medida en que dicha información no se refiera al uso del software en sí, el proveedor observará el secreto con respecto a toda la información comercial confidencial que obtenga del cliente o en las instalaciones del cliente en el contexto de una investigación.

34.9 Las partes acuerdan que el acuerdo celebrado por las partes nunca se considerará un acuerdo de compra cuando esté relacionado con la puesta a disposición de software para su uso.

34.10 El proveedor no está obligado a mantener el software y/o proporcionar soporte a los usuarios y/o administradores del software. Si, en contra de lo anterior, se solicita al proveedor que realice actividades de mantenimiento y/o proporcione soporte para el software, el proveedor podrá exigir que el cliente suscriba un acuerdo separado y por escrito para este fin.

Artículo 35 Entrega e instalación

35.1 A su discreción, el proveedor entregará el software en el tipo de soporte de datos acordado o, si no se ha acordado nada al respecto, en un tipo de soporte de datos determinado por el proveedor, o pondrá el software en línea a disposición del cliente. A discreción del proveedor, cualquier documentación de usuario acordada estará disponible en forma impresa o digital, en un idioma determinado por el proveedor.

35.2 El proveedor sólo instalará el software en los locales comerciales del cliente si así se ha acordado. Si no se ha acordado nada al respecto, el propio cliente será responsable de instalar, diseñar, parametrizar, ajustar y, si fuera necesario, modificar el hardware y el entorno operativo utilizados.

Artículo 36 Aceptación

36.1 Si las partes no han acordado una prueba de aceptación, el cliente acepta el software en el estado en que se encuentra en el momento de la entrega ("tal cual, donde está"), por lo tanto, con todos los errores y defectos visibles e invisibles, sin perjuicio de las obligaciones del proveedor en virtud del régimen de garantía según lo establecido en el artículo 40. Si este fuera el caso, se considerará que el software ha sido aceptado por el cliente en el momento de la entrega o, si se ha acordado por escrito la instalación por parte del proveedor, en el momento de la finalización de la instalación.

36.2 Si las partes han acordado una prueba de recepción, se aplicarán las disposiciones de los artículos 36.3 hasta 36.10 inclusive.

36.3 Cuando en estas condiciones generales se haga referencia a "error", se entenderá un fallo sustancial del software en el cumplimiento de las especificaciones funcionales o técnicas del software explícitamente dadas a conocer por el proveedor por escrito y, si todo o parte del software es software personalizado, un fallo sustancial en el cumplimiento de las especificaciones funcionales o técnicas explícitamente acordadas por escrito. Un error sólo existe si puede ser demostrado por el cliente y si es reproducible. El cliente está obligado a notificar los errores sin demora. El proveedor no tiene ninguna otra obligación con respecto a otras imperfecciones en o sobre el software que las relativas a errores en el sentido de estas condiciones generales.

36.4 Si se ha acordado una prueba de aceptación, el periodo de prueba es de catorce días tras la entrega o, si se ha acordado por escrito la instalación por parte del proveedor, catorce días tras la finalización de la instalación. Durante el periodo de prueba, el cliente no podrá utilizar el software para fines de producción u operativos. El cliente realiza la prueba de aceptación acordada con personal cualificado, en la medida y con el detalle suficientes.

36.5 Si se ha acordado una prueba de aceptación, el cliente está obligado a comprobar si el software entregado cumple las especificaciones funcionales o técnicas explícitamente dadas a conocer por escrito por el proveedor y, si y en la medida en que todo o parte del software sea software personalizado, que cumple las especificaciones funcionales o técnicas explícitamente acordadas por escrito.

36.6 Si la realización de pruebas por orden del cliente implica el uso de datos personales, el cliente garantiza que el uso de estos datos para este fin está permitido.

36.7 Se entiende que el programa informático ha sido aceptado:

  1. si las partes han acordado una prueba de aceptación: el primer día siguiente al período de prueba, o
  2. si el proveedor recibe un informe de prueba como el mencionado en el artículo 36.8 antes de que finalice el período de prueba: en el momento en que los errores enumerados en este informe de prueba hayan sido reparados, sin perjuicio de la presencia de errores que, según el artículo 36.9, no impidan la aceptación, o bien
  3. si el cliente utiliza el software de algún modo con fines de producción u operativos: en el momento en que se pone en uso con fines de producción u operativos.

36.8 Si al realizar la prueba de aceptación acordada se pusiera de manifiesto que el software contiene errores, el comitente comunicará por escrito al proveedor los resultados de la prueba de forma ordenada, detallada y comprensible a más tardar el último día del periodo de prueba. El proveedor hará todo lo posible por reparar los errores mencionados en un plazo razonable. En este contexto, el proveedor tiene derecho a instalar soluciones temporales, desviaciones del programa o restricciones para evitar problemas.

36.9 El Cliente no tiene derecho a negarse a aceptar el software por razones que no estén relacionadas con las especificaciones explícitamente acordadas por escrito por las partes, ni tiene derecho a negarse a aceptar el software porque tenga errores menores, es decir, errores que no impidan -dentro de lo razonable- el uso productivo u operativo del software, todo ello sin perjuicio de la obligación del proveedor de reparar estos errores menores tal y como se menciona en el artículo 40. Tampoco podrá denegarse la aceptación por aspectos del software que sólo puedan valorarse subjetivamente, como los aspectos estéticos de las interfaces de usuario.

36.10 Si el software se entrega y prueba en fases y/o partes, la no aceptación de una determinada fase y/o parte se entiende sin perjuicio de la aceptación de una fase anterior y/o una parte diferente.

36.11 La aceptación del software en una de las formas mencionadas en este artículo implica que el proveedor queda liberado de sus obligaciones en el contexto de la puesta a disposición y entrega del software y, si también se ha acordado la instalación del software por parte del proveedor, de sus obligaciones en el contexto de la instalación del mismo.

36.12 La aceptación del software se entiende sin perjuicio de los derechos del cliente contemplados en el artículo 36.9 relativo a errores menores y en el artículo 40 relativo a garantías.

Artículo 37 Puesta a disposición del software

37.1 El proveedor pone el software a disposición del cliente en un plazo razonable después de que las partes hayan celebrado el acuerdo.

37.2 Inmediatamente después de la finalización del contrato, el cliente devolverá al proveedor todas las copias del software que obren en su poder. Si se ha acordado que el cliente está obligado a destruir las copias pertinentes cuando finalice el contrato, el cliente informará al proveedor, sin demora y por escrito, de que las copias han sido destruidas. Al finalizar el contrato o una vez finalizado éste, el proveedor no estará obligado a prestar asistencia en la conversión de datos que el cliente eventualmente desee llevar a cabo.

Artículo 38 Pago por el derecho a utilizar el software

38.1 La suma adeudada por el derecho de uso es pagadera por el cliente en los plazos acordados o, si no se ha acordado un plazo:

  1. si las partes no han acordado que el proveedor sea responsable de la instalación del software:
    • en el momento de la entrega del software; o
    • en caso de que se deban pagos periódicos por el derecho de uso, en el momento de la entrega del programa informático y, posteriormente, cuando comience cada nuevo plazo del derecho de uso;
  2. si las partes han acordado que el proveedor es responsable de la instalación del software:
    • una vez finalizada dicha instalación;
    • en caso de que se deban pagos periódicos por el derecho de uso del software, al finalizar dicha instalación y, posteriormente, cuando comience cada nuevo plazo del derecho de uso.

Artículo 39 Modificaciones en el software

39.1 Salvo que las disposiciones legales obligatorias establezcan lo contrario, el cliente no tiene derecho a modificar total o parcialmente el software sin el permiso previo por escrito del proveedor. El proveedor tiene derecho a denegar el permiso o a adjuntar condiciones a su permiso. El cliente asume todo el riesgo de todas las modificaciones que implemente - ya sea con el permiso del proveedor o no - o que el cliente haya implementado por terceros bajo sus instrucciones.

Artículo 40 Garantías

40.1 El proveedor se esforzará razonablemente por reparar los errores en el sentido del artículo 36.3 en un plazo razonable si dichos errores se comunican, detalladamente y por escrito, al proveedor en un plazo de tres meses tras la entrega o, si se acordó una prueba de aceptación, en un plazo de tres meses tras la aceptación. El proveedor no garantiza que el software sea adecuado para el uso real y/o previsto. El proveedor no garantiza que el software funcione sin interrupciones y/o que se reparen siempre todos los errores. Las reparaciones se llevarán a cabo de forma gratuita, a menos que el software se haya desarrollado siguiendo instrucciones del cliente y no por un precio fijo, en cuyo caso el proveedor cargará los costes de las reparaciones al cliente según sus tarifas aplicables.

40.2 El proveedor podrá cargar los costes de las reparaciones al cliente según sus tarifas aplicables si dichas reparaciones son necesarias como consecuencia de errores de uso o de que el cliente no utilice el software correctamente, o como resultado de causas no imputables al proveedor. La obligación de reparar errores finaliza si el cliente modifica el software o hace que se implementen dichas modificaciones sin el permiso por escrito del proveedor.

40.3 Los errores se repararán en el lugar y de la forma que determine el proveedor. El proveedor tiene derecho a instalar en el software soluciones temporales, desviaciones del programa o restricciones para evitar problemas.

40.4 El Proveedor nunca estará obligado a recuperar datos corruptos o perdidos.

40.5 El Proveedor no tiene obligación alguna, sea cual sea su naturaleza o contenido, con respecto a los errores notificados una vez finalizado el periodo de garantía mencionado en el artículo 40.1.

 

Las disposiciones de esta sección "Desarrollo de software y sitios web" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor desarrolla y/o diseña software como se describe en la Sección 4 y/o sitios web para el cliente y posiblemente instala el software y/o los sitios web.

Artículo 41 Especificaciones y desarrollo de software y/o sitios web

41.1 El desarrollo se realiza siempre en el marco de un contrato de prestación de servicios. Si no se han proporcionado especificaciones o diseño del software y/o sitio web a desarrollar antes de la celebración del acuerdo o no se proporcionan especificaciones o diseño cuando se celebra el acuerdo, las partes especifican, mediante consulta y por escrito, el software y/o sitio web a desarrollar y la forma en que se desarrollará el software y/o sitio web.

41.2 El proveedor desarrolla el software y/o el sitio web con el debido cuidado y de conformidad con las especificaciones o el diseño explícitamente acordados y, en su caso, con la debida consideración a la organización del proyecto, métodos, técnicas y/o procedimientos acordados por escrito con el cliente. Antes de iniciar las actividades de desarrollo, el proveedor podrá exigir que el cliente acepte las especificaciones o el diseño por escrito.

41.3 Si no se han tomado disposiciones específicas en la materia, el proveedor iniciará las actividades de diseño y/o desarrollo dentro de un plazo o tiempo razonable, a determinar por el proveedor, tras la celebración del acuerdo.

41.4 A petición del proveedor, el cliente ofrece al proveedor la oportunidad de realizar actividades en las instalaciones del cliente fuera de los días y horas de trabajo habituales.

41.5 Las obligaciones del Proveedor con respecto al desarrollo de un sitio web no incluyen la puesta a disposición de un sistema de gestión de contenidos.

41.6 Si las partes acuerdan que, aparte de las actividades de desarrollo, el proveedor también proporciona cursos de formación, mantenimiento y/o soporte y/o que el proveedor también solicita un nombre de dominio, el proveedor puede solicitar que el cliente celebre un acuerdo separado por escrito. El proveedor cobrará al cliente por separado por estos servicios, según las tarifas aplicables del proveedor.

41.7 Si el proveedor presta servicios al cliente en el contexto de un nombre de dominio, como la solicitud, renovación, enajenación o transferencia a un tercero de dicho nombre, el cliente está obligado a observar las normas y métodos de la autoridad o autoridades pertinentes. A petición del cliente, el proveedor le facilitará una copia escrita de dichas normas. El proveedor no es explícitamente responsable de la corrección o la puntualidad de los servicios ni de la consecución de los resultados que el cliente pretende alcanzar. El cliente deberá abonar todos los costes derivados de la solicitud y/o registro según las tarifas acordadas y, si no se han acordado tarifas, según las tarifas aplicables del proveedor. El proveedor no garantiza que un nombre de dominio que el cliente desee utilizar le sea realmente asignado.

Artículo 42 Desarrollo ágil de software/sitios web

42.1 Si las partes utilizan un método de desarrollo iterativo - scrum, por ejemplo - las partes aceptan: (i) que, al inicio, las actividades no se realizan sobre la base de especificaciones completas o totalmente detalladas; y (ii) que las especificaciones que pueden o no haber sido acordadas al inicio de las actividades, pueden ser adaptadas durante la vigencia del acuerdo, en consulta mutua y con la debida observancia del enfoque de proyecto que forma parte del método de desarrollo en cuestión.

42.2 Antes de iniciar las actividades a realizar en el marco del acuerdo, las partes reúnen uno o varios equipos formados por representantes del proveedor y del cliente. El equipo garantiza que las líneas de comunicación sean cortas y directas y que las consultas se realicen con regularidad. Las partes prevén el despliegue, por parte de ambas, de la capacidad acordada (ETC) en términos de miembros del equipo en las funciones y con los conocimientos y experiencia y el poder de decisión necesarios para llevar a cabo el acuerdo. Las partes aceptan que, para que el proyecto tenga éxito, la capacidad acordada es un requisito mínimo. Las partes se esforzarán por mantener disponible al personal clave que se haya desplegado en primera instancia, en la medida de lo razonablemente posible, hasta el final del proyecto, a menos que surjan circunstancias que escapen al control de las partes. Durante la ejecución del acuerdo, las partes deciden conjuntamente, mediante consulta, las especificaciones que se aplican para la siguiente fase del proyecto -por ejemplo, una caja de tiempo- y/o para el desarrollo de una parte siguiente. El cliente acepta el riesgo de que el software y/o el sitio web no cumplan necesariamente todas las especificaciones. El cliente garantiza la contribución permanente y activa de los usuarios finales pertinentes, que cuentan con el apoyo de la organización o empresa del cliente en el contexto de, entre otras cosas, las pruebas y la toma de decisiones (posteriores). El cliente garantiza la celeridad en las decisiones relacionadas con el progreso que deban tomarse durante la ejecución del acuerdo. Si el cliente no toma decisiones claras y rápidas relacionadas con el progreso de conformidad con el enfoque del proyecto que forma parte del método de desarrollo pertinente, el proveedor tiene derecho, aunque no está obligado, a tomar las decisiones que el proveedor considere apropiadas.

42.3 Si las partes han acordado uno o varios momentos de prueba, ésta tendrá lugar exclusivamente sobre la base de criterios objetivos y mensurables acordados previamente, como la confirmación del cumplimiento de las normas de desarrollo. Los errores y otras imperfecciones sólo se reparan si el equipo responsable así lo decide y esto se llevará a cabo en una iteración posterior. Si fuera necesaria una iteración adicional, los costes correrían a cargo del cliente. Después de la última fase de desarrollo, el proveedor no está obligado a reparar ningún error u otras imperfecciones, a menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito.

Artículo 43 Entrega, instalación y aceptación

43.1 Las disposiciones del artículo 35 relativas a la entrega e instalación se aplican mutatis mutandis.

43.2 A menos que el proveedor esté obligado, en virtud del acuerdo, a alojar el software y/o el sitio web para el cliente en su propio sistema informático, el proveedor entregará el software y/o el sitio web al cliente en un soporte de datos y en una forma determinada por el proveedor, o pondrá el software y/o el sitio web en línea a disposición del cliente.

43.3 Las disposiciones del artículo 36 de estas condiciones generales relativas a la aceptación se aplican mutatis mutandis.

43.4 Si las partes hacen uso de un método de desarrollo como el mencionado en el artículo 42, no se aplicarán las disposiciones del artículo 36.1, 36.2, artículo 36.4 hasta el 36.9 inclusive, artículo 36.12 y artículo 40.1 y 40.5. El Cliente acepta el software y/o el sitio web en el estado en que se encuentra en el momento en que finaliza la última fase de desarrollo ("tal cual, donde está").

Artículo 44 Derecho de uso

44.1 El proveedor pone a disposición del cliente para su uso el software y/o la página web desarrollados siguiendo las instrucciones del cliente, junto con la correspondiente documentación de usuario.

44.2 El código fuente del software y la documentación técnica elaborada durante el desarrollo del software sólo se pondrán a disposición del cliente si así se ha acordado por escrito, en cuyo caso el cliente tendrá derecho a modificar el software.

44.3 El proveedor no está obligado a poner a disposición del cliente el software auxiliar y las bibliotecas de programas o datos necesarios para el uso y/o mantenimiento del software y/o del sitio web.

44.4 Las disposiciones del artículo 34 relativas al derecho de uso y a las restricciones de uso se aplican mutatis mutandis.

44.5 Sólo si el contenido del acuerdo escrito indica explícitamente que todos los costes de diseño y desarrollo corren total y exclusivamente a cargo del cliente, no se aplicarán restricciones al uso del software y/o del sitio web para el cliente, contrariamente a lo dispuesto en el artículo 44.4.

Artículo 45 Pago

45.1 Si no se ha acordado un plan de pagos, todas las sumas relacionadas con el desarrollo del software y/o el sitio web vencerán y serán pagaderas, a mes vencido, por mes natural.

45.2 El precio de las actividades de desarrollo incluye el pago del derecho a utilizar el software y/o el sitio web durante la vigencia del contrato.

45.3 El pago por el desarrollo del software y/o la página web no incluye el pago por el software auxiliar y las bibliotecas de programas y datos, ni los servicios de instalación y las modificaciones y/o el mantenimiento del software y/o la página web que requiera el cliente. El pago tampoco incluye los servicios de soporte para los usuarios del software y/o sitio web.

Artículo 46 Garantías

46.1 Las disposiciones del artículo 40 relativas a las garantías se aplican mutatis mutandis.

46.2 El Proveedor no garantiza que el software y/o el sitio web que ha desarrollado funcionen correctamente en todo tipo de nuevas versiones de tipos de navegadores web y posiblemente en otro software y/o sitios web. El Proveedor tampoco garantiza que el software y/o el sitio web funcionen correctamente en todos los tipos de hardware.

Las disposiciones de esta sección "Mantenimiento y soporte de software" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor presta servicios en el ámbito del mantenimiento de software y soporte de software para el uso del software.

Artículo 47 Servicios de mantenimiento

47.1 Si así se acuerda, el proveedor presta servicios de mantenimiento para el software especificado en el contrato. La obligación de proporcionar mantenimiento incluye la reparación de errores en el software en el sentido del artículo 36.3 y, sólo si se ha acordado por escrito, la puesta a disposición de nuevas versiones del software de conformidad con el artículo 48.

47.2 El Cliente deberá informar detalladamente de cualquier error descubierto en el software. Tras la recepción del informe, el proveedor hará todo lo posible para reparar los errores y/o aplicar las correcciones en las nuevas versiones posteriores del software de conformidad con sus procedimientos aplicables. En función de la urgencia y de la política de versiones y lanzamientos del proveedor, los resultados se pondrán a disposición del cliente de la forma y en el plazo que determine el proveedor. El proveedor tiene derecho a instalar en el software soluciones temporales, desviaciones del programa o restricciones para evitar problemas. El propio cliente es responsable de la instalación, organización, parametrización y puesta a punto del software corregido o de la nueva versión del software puesta a su disposición y, en caso necesario, de la modificación del hardware y del entorno operativo utilizados. El proveedor nunca estará obligado a reparar otras imperfecciones que las mencionadas en este artículo. En caso de que el proveedor esté dispuesto a corregir imperfecciones distintas de las mencionadas en este artículo, tendrá derecho a cobrar una tarifa aparte por ello.

47.3 Las disposiciones de los artículos 40.3 y 40.4 se aplican mutatis mutandis.

47.4 Si el proveedor realiza servicios de mantenimiento en línea, el cliente garantiza, a su debido tiempo, que se dispone de una infraestructura e instalaciones de red adecuadas y debidamente aseguradas.

47.5 El Cliente prestará toda la asistencia requerida por el Proveedor para los servicios de mantenimiento, lo que incluye que el Cliente deje de utilizar temporalmente el software y haga una copia de seguridad de todos los datos.

47.6 Si el mantenimiento se refiere a software que no fue entregado al cliente por el proveedor y si el proveedor cree que esto es necesario o apropiado en el contexto del mantenimiento, el cliente pone a disposición del proveedor el código fuente y la documentación técnica (de desarrollo) del software, incluyendo modelos de datos, diseños, registros de cambios y similares. El cliente garantiza que tiene derecho a poner a disposición el código fuente y la documentación. El cliente concede al proveedor el derecho a utilizar y modificar el software, incluidos el código fuente y la documentación técnica (de desarrollo), para que el proveedor pueda realizar los servicios de mantenimiento acordados.

Artículo 48 Nuevas versiones del programa informático

48.1 El mantenimiento incluye la puesta a disposición de nuevas versiones del software sólo si y en la medida en que se haya acordado por escrito. Si el mantenimiento incluye la puesta a disposición de nuevas versiones del software, estas nuevas versiones se pondrán a disposición a discreción del proveedor.

48.2 Transcurridos tres meses desde la puesta a disposición de una versión mejorada, el proveedor dejará de estar obligado a reparar los errores de la versión anterior y a prestar asistencia y/o realizar servicios de mantenimiento para una versión anterior.

48.3 El proveedor podrá exigir que el cliente celebre un contrato adicional por escrito con el proveedor para una versión con nuevas funcionalidades y que se efectúe un pago adicional por esta versión. El proveedor puede incorporar funcionalidad de una versión anterior del software en la nueva versión sin ninguna modificación, pero el proveedor no garantiza que cada nueva versión incluya la misma funcionalidad que la versión anterior. El proveedor no está obligado a mantener, modificar o añadir características o funcionalidades particulares en el software especialmente para el cliente.

48.4 El Proveedor podrá exigir que el Cliente modifique su sistema (hardware, navegador web, software y similares) si ello fuera necesario para el correcto funcionamiento de una nueva versión del software.

Artículo 49 Servicios de apoyo

49.1 Si los servicios prestados por el proveedor en virtud del contrato incluyen servicios de soporte a usuarios y/o administradores del software, el proveedor asesora -en línea, por teléfono o por correo electrónico- sobre el uso y funcionamiento del software especificado en el contrato. El Cliente está obligado a especificar las solicitudes de soporte de la forma más completa y detallada posible para que el proveedor pueda responder adecuadamente. El proveedor puede establecer condiciones con respecto a la forma en que se solicita el soporte y a las cualificaciones y el número de personas con derecho a recibirlo. El proveedor tramitará las solicitudes de apoyo debidamente justificadas en un plazo razonable y de conformidad con sus procedimientos aplicables. El Proveedor no garantiza la corrección, integridad o puntualidad de las respuestas ni del soporte ofrecido. Los servicios de asistencia se prestan en días laborables durante el horario laboral habitual del proveedor.

49.2 Si los servicios prestados por el proveedor en virtud del acuerdo incluyen servicios de reserva, el proveedor garantizará que uno o más miembros del personal estén disponibles en los días y horas especificados en el acuerdo. Si se han acordado servicios de reserva, el cliente tiene derecho, en casos urgentes, a solicitar el apoyo de los miembros del personal en reserva si se producen errores graves, fallos graves de funcionamiento y otras imperfecciones graves en el funcionamiento del software. El proveedor no garantiza la pronta reparación de los mismos.

49.3 Los servicios de mantenimiento y otros servicios acordados a los que se hace referencia en este capítulo se realizan a partir de la fecha en la que se celebra el acuerdo, a menos que las partes hayan acordado otra cosa por escrito.

Artículo 50 Pago

50.1 Si no se ha acordado explícitamente ningún plan de pago, todas las sumas relacionadas con el mantenimiento del software y otros servicios, tal y como se entiende en esta sección y se establece en el contrato, vencerán y serán pagaderas, por adelantado, por mes natural.

50.2 Los importes relativos al mantenimiento del software y a los demás servicios, tal y como se definen en esta sección y en el contrato, son pagaderos en el momento de la celebración del contrato. El pago por el mantenimiento y otros servicios es siempre debido, independientemente de si el cliente ha puesto en uso el software e independientemente de si el cliente realmente hace uso de los servicios de mantenimiento o soporte.

Las disposiciones de esta sección "Servicios de asesoramiento y consultoría" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor presta servicios en el ámbito del asesoramiento y la consultoría, servicios que no se prestan bajo la dirección y supervisión del cliente.

Artículo 51 Prestación de servicios de asesoramiento y consultoría

51.1 El proveedor realiza los servicios de asesoramiento y consultoría de forma totalmente independiente, según su propio criterio y sin supervisión ni instrucciones del cliente.

51.2 El proveedor no se compromete a un plazo de finalización del encargo, ya que el plazo de finalización de un encargo en el ámbito de los servicios de asesoramiento o consultoría depende de diversos factores y circunstancias, como la calidad de los datos y la información facilitados por el cliente y la asistencia prestada por el cliente y terceros pertinentes.

51.3 El proveedor sólo prestará sus servicios en los días laborables habituales del proveedor y durante el horario laboral habitual del proveedor.

51.4 El uso que el cliente haga de cualquier informe de asesoría y/o consultoría elaborado por el proveedor será siempre por cuenta y riesgo del cliente. Corresponde al cliente la carga de la prueba de que los servicios de asesoría y/o consultoría o la forma en que éstos se prestan no se ajustan a lo acordado por escrito o a lo que cabe esperar de un proveedor competente que actúe razonablemente, sin perjuicio del derecho del proveedor a aportar pruebas en contrario, utilizando cualquier medio legal.

51.5 Sin la previa autorización por escrito del proveedor, el cliente no podrá informar a terceros sobre la forma de trabajo, métodos y técnicas del proveedor y/o el contenido de las recomendaciones o informes del proveedor. El Cliente no podrá proporcionar las recomendaciones o informes del proveedor a un tercero ni hacer públicas de otro modo las recomendaciones o informes del proveedor.

Artículo 52 Informes

52.1 El proveedor informa periódicamente al cliente, en la forma acordada por escrito, sobre la realización de los servicios. El comitente informa al proveedor, con antelación y por escrito, sobre circunstancias de importancia o que podrían ser de importancia para el proveedor, tales como la forma de informar, los temas a tratar, la priorización del cliente, la disponibilidad de recursos y personal del cliente, y hechos o circunstancias especiales o hechos o circunstancias de los que el proveedor posiblemente no tenga conocimiento. El cliente se asegura de que la información facilitada por el proveedor se difunde y se tiene realmente en cuenta en la organización o empresa del cliente y el cliente evalúa esta información, también sobre esta base, e informa de ello al proveedor.

Artículo 53 Pago

53.1 Si no se ha acordado explícitamente ningún esquema de pago, todas las sumas relacionadas con los servicios prestados por el proveedor, tal y como se entiende en esta sección, serán exigibles y pagaderas, a mes vencido, por mes natural.

Las disposiciones de esta sección "Servicios en comisión de servicio" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor pone a uno o más de sus empleados a disposición del cliente para realizar actividades bajo su supervisión e instrucciones.

Artículo 54 Servicios en comisión de servicios

54.1 El proveedor pone a disposición al empleado especificado en el acuerdo para realizar actividades bajo la dirección y supervisión del cliente. Los resultados de estas actividades correrán por cuenta y riesgo del cliente. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el empleado estará a disposición del cliente durante cuarenta horas a la semana, durante los días laborables habituales del proveedor.

54.2 El comitente sólo podrá destinar al empleado puesto a disposición para realizar actividades distintas a las acordadas si el proveedor lo ha aceptado previamente y por escrito.

54.3 El Cliente sólo podrá poner al empleado a disposición de un tercero con el fin de realizar actividades bajo la dirección y supervisión de dicho tercero si así se ha acordado explícitamente por escrito.

54.4 El proveedor hace esfuerzos razonables para asegurar que el empleado puesto a disposición permanezca disponible, durante los días acordados, para realizar las actividades durante la vigencia del contrato, excepto en caso de incapacidad laboral del empleado o si el empleado deja de trabajar para el proveedor. Aunque el acuerdo se haya celebrado con vistas a que las actividades sean realizadas por una persona en particular, el proveedor siempre tendrá derecho, previa consulta con el cliente, a sustituir a esta persona por una o más personas que tengan las mismas cualificaciones.

54.5 El comitente tiene derecho a solicitar la sustitución del empleado puesto a disposición (i) si el empleado puesto a disposición incumple de forma demostrable los requisitos de calidad acordados explícitamente y el comitente informa de ello al proveedor, indicando los motivos, dentro de los tres días laborables siguientes al inicio de las actividades, o (ii) en caso de incapacidad laboral prolongada del empleado en cuestión o si el empleado abandona la relación laboral con el proveedor. El proveedor atenderá dicha solicitud sin demora y con carácter prioritario. El proveedor no garantiza que el empleado puesto a disposición pueda ser siempre sustituido. Si el empleado no puede ser sustituido o no puede ser sustituido con prontitud, tanto los derechos del cliente con respecto a la ejecución posterior del contrato como todas las reclamaciones del cliente derivadas del incumplimiento del contrato se extinguirán. Las obligaciones de pago del cliente con respecto a las actividades ya realizadas seguirán aplicándose en su totalidad.

Artículo 55 Duración del acuerdo de comisión de servicio

55.1 No obstante lo dispuesto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, si las partes no han acordado nada respecto a la duración de la comisión de servicio, el acuerdo de comisión de servicio se considerará un acuerdo por tiempo indefinido, en cuyo caso cualquiera de las partes deberá respetar un plazo de preaviso de un mes natural a partir de la finalización del plazo inicial del acuerdo. La rescisión mediante preaviso (opzegging) debe notificarse por escrito.

Artículo 56 Horario y condiciones de trabajo

56.1 Los horarios de trabajo, periodos de vacaciones, periodos de descanso y otras condiciones laborales relevantes del empleado puesto a disposición son los mismos que los aplicados habitualmente por el cliente. El cliente garantiza que los horarios de trabajo, los periodos de vacaciones, los periodos de descanso y otras condiciones de trabajo pertinentes se ajustan a las leyes y reglamentos pertinentes.

56.2 El Cliente informa al Proveedor sobre cualquier cierre temporal o permanente previsto de su organización o empresa.

Artículo 57 Retribución de las horas extraordinarias y tiempo de viaje

57.1 Si, por instrucciones o a petición del cliente, el empleado puesto a disposición trabaja más horas al día que el número de horas de trabajo acordado o habitual o trabaja en días distintos a los días de trabajo habituales del proveedor, se cobrarán al cliente estas horas según la tarifa por horas extraordinarias acordada o, si no se ha acordado tal tarifa, según la tarifa por horas extraordinarias aplicable del proveedor. Si así se solicita, el proveedor informará al cliente sobre sus tarifas aplicables a las horas extraordinarias.

57.2 Los gastos de viaje y el tiempo de viaje se facturarán al cliente de acuerdo con las reglas y normas aplicables del proveedor. Si así se solicita, el proveedor informará al cliente sobre las reglas y normas aplicables del proveedor.

Artículo 58 Responsabilidad del arrendatario y otras responsabilidades

58.1 El proveedor garantiza el pago puntual e íntegro de los importes adeudados en concepto de impuestos sobre nóminas, cotizaciones a la Seguridad Social, cotizaciones al seguro de accidentes laborales, cotizaciones a la asistencia sanitaria vinculadas a los ingresos e impuesto sobre el volumen de negocios del empleado puesto a disposición en virtud del contrato con el cliente. El proveedor exime al cliente de todas y cada una de las reclamaciones de la Administración Tributaria o de las autoridades responsables de la aplicación de la legislación en materia de seguridad social que sean debidas y pagaderas en virtud del acuerdo con el cliente, siempre que el cliente informe puntualmente al proveedor, por escrito, sobre dichas reclamaciones cuando surjan y sobre el contenido de una reclamación y deje la liquidación de dicha reclamación, incluidos los acuerdos que deban tomarse al respecto, totalmente en manos del proveedor. El cliente proporcione al proveedor los poderes y la información necesarios y asista al proveedor en la defensa, si fuera necesario en nombre del cliente, contra dichas reclamaciones.

58.2 El proveedor no se hace responsable de la calidad de los resultados de las actividades realizadas bajo la supervisión e instrucciones del cliente.

Las disposiciones de esta sección "Cursos de formación" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor proporciona servicios, bajo cualquier nombre y de cualquier manera - por ejemplo en forma electrónica - en el campo de la educación, cursos, talleres, formaciones, seminarios y similares (en lo sucesivo denominados: cursos de formación).

Artículo 59 Inscripción y cancelación

59.1 La inscripción en un curso de formación debe realizarse por escrito y es vinculante tras su confirmación por parte del proveedor.

59.2 El cliente es responsable de la elección e idoneidad del curso de formación para los participantes. El hecho de que un participante carezca de los conocimientos previos requeridos no afectará a las obligaciones del cliente en virtud del acuerdo. El Cliente podrá sustituir a un participante del curso de formación por otro participante previa autorización por escrito del proveedor.

59.3 Si, a juicio del proveedor, el número de inscripciones diera lugar a ello, el proveedor tendrá derecho a cancelar el curso de formación, a combinarlo con uno o más cursos de formación o a programarlo en una fecha u hora posteriores. El proveedor se reserva el derecho a cambiar el lugar del curso de formación. El proveedor tiene derecho a modificar la organización y el contenido del curso de formación.

59.4 Si el cliente o un participante cancela su participación en un curso de formación, las consecuencias de la cancelación se regirán por las normas aplicables del proveedor. En cualquier caso, la cancelación debe realizarse por escrito y antes del curso de formación o de la parte del curso de formación de que se trate. La cancelación o no asistencia no afecta a las obligaciones de pago del cliente en virtud del acuerdo.

Artículo 60 Cursos de formación

60.1 El cliente acepta que el proveedor determine el contenido y el alcance del curso de formación.

60.2 El cliente informa a los participantes sobre las obligaciones derivadas del acuerdo y las normas de conducta y otras normas prescritas por el proveedor para la participación en el curso de formación, y el cliente garantiza el cumplimiento de estas obligaciones y normas por parte de los participantes.

60.3 Si el proveedor utiliza su propio hardware o software en el curso de formación, el proveedor no garantiza que este hardware o software esté libre de errores y funcione sin interrupciones. Si el curso de formación se imparte en las instalaciones del cliente, éste garantiza que se dispone de un aula adecuada y de hardware y software que funcionen correctamente. En el caso de que las instalaciones en las instalaciones del cliente no parezcan cumplir los requisitos y la calidad del curso de formación, por lo tanto, no pueda ser garantizada, el proveedor tiene derecho a no comenzar o a acortar el curso de formación o a detenerlo por completo.

60.4 El acuerdo no incluye la administración de un examen o una prueba.

60.5 La documentación, el material didáctico o los recursos de formación puestos a disposición o producidos para el curso de formación se facturarán por separado al cliente. Esto también se aplica a posibles certificados de cursos de formación o duplicados de certificados de cursos de formación.

60.6 Si el curso de formación tiene lugar como curso de formación e-learning, las disposiciones de la sección "Software-as-a-Service (SaaS)" se aplican mutatis mutandis en la medida de lo posible.

Artículo 61 Precio y pago

61.1 El proveedor podrá exigir al cliente el pago de las cantidades adeudadas antes del inicio del curso de formación. El proveedor podrá excluir a los participantes de la participación en el curso de formación si el cliente no garantiza que el pago se realiza a tiempo, sin perjuicio de cualquier otro derecho que el proveedor pueda tener.

61.2 Si el proveedor ha llevado a cabo un estudio preliminar para elaborar un plan de cursos de formación o ha dado recomendaciones sobre cursos de formación, se podrá cobrar al cliente por separado cualquier coste que ello implique.

61.3 A menos que el proveedor haya indicado explícitamente que el curso de formación está exento de IVA en el sentido del artículo 11 de la Ley del Impuesto sobre el Volumen de Negocios de 1968, el IVA será pagadero en el momento del pago por parte del cliente. El proveedor tiene derecho a ajustar sus precios después de la celebración del contrato en caso de que se produzcan cambios en el régimen del IVA para los cursos de formación, tal y como se aplica en virtud de la ley o de conformidad con la misma.

Las disposiciones de esta sección "Hosting" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor presta servicios, bajo cualquier nombre, en el campo del hosting y servicios relacionados con el hosting.

Artículo 62 Servicios de alojamiento

62.1 El proveedor presta los servicios de alojamiento acordados con el cliente.

62.2 Si el objeto del acuerdo es poner a disposición espacio en disco duro, el cliente no podrá exceder el espacio en disco acordado a menos que el acuerdo prevea explícitamente las consecuencias de hacerlo. El acuerdo se refiere a la puesta a disposición de espacio en disco en un servidor específicamente reservado para el cliente sólo en la medida en que se haya acordado explícitamente por escrito. Todo uso de espacio en disco, tráfico de datos y cualquier otro uso que se haga de los sistemas y la infraestructura está restringido a los máximos acordados por las partes. El tráfico de datos no utilizado por el cliente en un periodo determinado no podrá transferirse a un periodo posterior. Si se superan los máximos acordados, el proveedor cobrará al cliente una compensación adicional según sus tarifas aplicables.

62.3 El cliente es responsable de la gestión, incluida la comprobación de la configuración, y del uso del servicio de alojamiento, así como de la forma en que se apliquen los resultados del servicio. Si no se han tomado disposiciones específicas al respecto, el propio cliente es responsable de la instalación, organización, parametrización y puesta a punto del software y del software auxiliar, así como, en caso necesario, de la modificación del hardware y del entorno de usuario utilizados y de la realización de la interoperabilidad deseada. El proveedor no está obligado a realizar la conversión de datos.

62.4 Sólo si se ha acordado explícitamente por escrito, el objeto del acuerdo también es garantizar la seguridad, el respaldo, la contingencia y los servicios de recuperación o ponerlos a disposición.

62.5 El Proveedor podrá poner fuera de servicio temporalmente la totalidad o parte del servicio de alojamiento para realizar tareas de mantenimiento preventivo, correctivo o de adaptación. El Proveedor se asegurará de que el periodo de tiempo durante el cual el servicio esté fuera de servicio no se prolongue más de lo necesario y garantizará, siempre que sea posible, que esto tenga lugar fuera del horario de oficina y, según las circunstancias, que comience después de haber consultado al cliente.

62.6 Si, en virtud del contrato, el proveedor presta servicios al cliente en el contexto de un nombre de dominio, como la solicitud, renovación, enajenación o transferencia a un tercero de dicho nombre, el cliente está obligado a observar las normas y métodos de la organización u organizaciones pertinentes. A petición del cliente, el proveedor le facilitará una copia escrita de dichas normas. El proveedor no es explícitamente responsable de la corrección o la puntualidad de los servicios ni de la consecución de los resultados que el cliente pretende alcanzar. El cliente deberá abonar todos los costes derivados de la solicitud y/o registro según las tarifas acordadas y, si no se han acordado tarifas, según las tarifas aplicables del proveedor. El proveedor no garantiza que un nombre de dominio que el cliente desee utilizar le sea realmente asignado.

Artículo 63 Notificación y retirada

63.1 En todo momento, el cliente actúa con la debida diligencia y no actúa de forma ilícita frente a terceros, en particular respetando los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de terceros y la privacidad de terceros, absteniéndose de difundir información de forma contraria a la ley, de conceder acceso no autorizado a sistemas y de difundir virus u otros programas o datos dañinos, y absteniéndose de cometer delitos penales y de incumplir cualquier otra obligación legal.

63.2 Para evitar la responsabilidad frente a terceros o limitar las consecuencias, el proveedor siempre tiene derecho a tomar medidas con respecto a un acto u omisión del cliente o por su cuenta y riesgo. A la primera solicitud por escrito del proveedor, el cliente eliminará sin demora los datos y/o la información de los sistemas del proveedor. Si el cliente no lo hace, el proveedor tendrá derecho, a su elección, a eliminar los datos y/o la información por sí mismo o a imposibilitar el acceso a los datos y/o la información. Además, en caso de incumplimiento o incumplimiento inminente de las disposiciones del artículo 63.1, el proveedor tendrá derecho a denegar al cliente el acceso a los sistemas del proveedor con efecto inmediato y sin previo aviso. Todo ello sin perjuicio de que el proveedor adopte cualesquiera otras medidas o ejerza cualesquiera otros derechos legales y contractuales frente al cliente. En este caso, el proveedor también tiene derecho a rescindir el contrato mediante notificación de rescisión (opzeggen) con efecto inmediato sin ser responsable ante el cliente por ello.

63.3 No se puede esperar que el proveedor se forme una opinión sobre la validez de las reclamaciones de terceros o de la defensa del cliente, ni que se implique, en modo alguno, en cualquier disputa entre un tercero y el cliente. El cliente deberá tratar este asunto con el tercero correspondiente e informar al proveedor por escrito, debidamente fundamentado y respaldado por documentos.

Las disposiciones de esta sección "Compras de hardware" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor vende hardware, de cualquier naturaleza, y/u otros bienes (objetos corpóreos) al cliente.

Artículo 64 Compraventa

64.1 El Proveedor vende el hardware y/u otros bienes según la naturaleza y el número acordados por escrito.

64.2 El proveedor no garantiza que el hardware y/o los bienes sean adecuados, en el momento de la entrega, para el uso real y/o previsto del cliente, a menos que los fines previstos se hayan especificado claramente, sin salvedades, en el acuerdo por escrito.

64.3 La obligación de venta del Proveedor no incluye el montaje e instalación de materiales, software, artículos y artículos de consumo, baterías, sellos, tinta y cartuchos de tinta, artículos de tóner, cables y accesorios.

64.4 El Proveedor no garantiza que las instrucciones de montaje, instalación y funcionamiento que acompañan a los herrajes y/o bienes estén libres de errores y que los herrajes y/o bienes tengan las características indicadas en dichas instrucciones.

Artículo 65 Entrega

65.1 El hardware y/o las mercancías vendidas por el proveedor al cliente se entregan al cliente franco almacén. Si así se ha acordado por escrito, el proveedor entregará la mercancía vendida al cliente en el lugar que éste designe o hará que se entregue en dicho lugar. En este caso, el proveedor informará al cliente, si es posible con suficiente antelación, sobre el momento en que el proveedor o el transportista contratado por el proveedor tiene previsto entregar los equipos y/o mercancías.

65.2 El precio de compra de los herrajes y/o mercancías no incluye los costes de transporte, seguro, acarreo e izado, alquiler de instalaciones temporales y similares. En su caso, estos costes correrán a cargo del cliente.

65.3 Si el cliente solicita al proveedor que retire o destruya materiales antiguos - como redes, armarios, conductos de cables, materiales de embalaje, hardware o datos en hardware - o si el proveedor está legalmente obligado a hacerlo, el proveedor podrá aceptar esta solicitud sobre la base de un pedido por escrito y según sus tarifas aplicables. Si y en la medida en que al proveedor le esté prohibido por ley exigir el pago, por ejemplo en el marco del programa "viejo por nuevo", el proveedor no cobrará, en su caso, ningún coste.

65.4 Siempre que las partes hayan celebrado un acuerdo por escrito para organizar esto, el proveedor es responsable de instalar, configurar y conectar el hardware y/o los bienes o de hacer que el hardware y/o los bienes se instalen, configuren y conecten. Cualquier obligación del proveedor de instalar y/o configurar el hardware no incluye la conversión de datos ni la instalación de software. El proveedor no es responsable de la obtención de las licencias que puedan ser necesarias.

65.5 El Proveedor siempre tendrá derecho a ejecutar el contrato en entregas parciales.

Artículo 66

66.1 El proveedor sólo estará obligado a establecer un entorno de prueba para el hardware en el que esté interesado el cliente si así se ha acordado por escrito. El proveedor podrá imponer condiciones económicas y de otro tipo a la instalación de prueba. Una configuración de prueba implica poner a disposición temporalmente la versión estándar del hardware bajo aprobación, excluyendo los accesorios, en un espacio puesto a disposición por el cliente, antes de la decisión final del cliente sobre la compra o no del hardware en cuestión. El cliente es responsable del uso, los daños, el robo o la pérdida de los equipos que formen parte de una configuración de prueba.

Artículo 67 Requisitos entorno hardware

67.1 El cliente garantiza un entorno que cumple los requisitos especificados por el proveedor para el hardware y/o la mercancía, entre otras cosas en términos de temperatura, humedad y requisitos técnicos.

67.2 El Cliente garantiza que las actividades a realizar por terceros, como los trabajos de construcción, se lleven a cabo adecuadamente y a tiempo.

Artículo 68 Garantías

68.1 El proveedor hará todo lo posible por reparar los defectos del material y los defectos de fabricación del hardware y/o de las mercancías vendidas, así como los defectos de las piezas suministradas por el proveedor en el marco de la garantía, dentro de un plazo razonable y de forma gratuita, si dichos defectos se comunican, de forma detallada, al proveedor en un plazo de tres meses a partir de la entrega. Si, en opinión razonable del proveedor, los defectos no pueden repararse o la reparación llevara demasiado tiempo, o si la reparación supusiera unos costes desproporcionadamente elevados, el proveedor tendrá derecho a sustituir gratuitamente el hardware y/o los bienes por otro hardware y/o bienes similares, aunque no necesariamente idénticos. La garantía no incluye ninguna conversión de datos que sea necesaria debido a cualquier reparación o sustitución. Todas las piezas sustituidas son propiedad del proveedor. La obligación de garantía ya no se aplica si los defectos en el hardware, los bienes o las piezas se deben total o parcialmente a un uso incorrecto, descuidado o incompetente, o a circunstancias externas como incendios o daños por agua, o si el cliente modifica el hardware o las piezas suministradas por el proveedor en virtud de la garantía, o hace que éstas se modifiquen, sin el permiso del proveedor. El proveedor no denegará dicha autorización por motivos no razonables.

68.2 El Cliente no podrá presentar reclamaciones o reclamaciones adicionales relativas a la falta de conformidad del hardware y/o de los bienes entregados distintas de las establecidas en el artículo 68.1.

68.3 Los gastos derivados de las actividades y reparaciones realizadas fuera del ámbito de la presente garantía correrán a cargo del cliente según las tarifas vigentes del proveedor.

68.4 El Proveedor no tiene obligación alguna en virtud del contrato de compraventa con respecto a defectos y/u otros fallos comunicados una vez finalizado el periodo de garantía mencionado en el artículo 68.1.

Las disposiciones de esta sección "Arrendamiento de hardware" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor arrienda hardware de cualquier naturaleza al cliente.

Artículo 69 Arrendamiento financiero

69.1

69.2 El proveedor alquila al cliente el hardware y la documentación de usuario pertinente especificados en el contrato de alquiler.

69.3 El arrendamiento no incluye la puesta a disposición de software en soportes de datos independientes ni la puesta a disposición de los artículos y artículos de consumo necesarios para utilizar el hardware, como pilas, tinta y cartuchos de tinta, artículos de tóner, cables y accesorios.

69.4 El arrendamiento comienza en la fecha en que el hardware se pone a disposición del cliente.

Artículo 70 Inspección previa

70.1 A título de inspección previa, el proveedor podrá redactar un informe, en presencia del comitente y antes de la puesta a disposición del material o en el momento de la puesta a disposición, describiendo el estado del material, incluidos los defectos observados. El proveedor podrá exigir que el cliente firme este informe, antes de poner el material a su disposición para su uso, para indicar que el cliente está de acuerdo con el texto del informe. Los defectos del hardware que figuran en este informe son por cuenta del proveedor. Si se observan defectos, las partes acuerdan si deben repararse los defectos enumerados en el informe y, en caso afirmativo, cómo y cuándo.

70.2 Si el comitente no coopera debidamente en la inspección previa mencionada en el artículo 70.1, el proveedor tendrá derecho a realizar esta inspección previa sin la presencia del comitente y a redactar él mismo el informe. Este informe será vinculante para el cliente.

70.3 Si no se realiza una inspección previa, se considerará que el cliente ha recibido el hardware en un estado adecuado y sin daños.

Artículo 71 Utilización del soporte físico

71.1 El Cliente utiliza el hardware exclusivamente en y para su propia organización o empresa, de conformidad con el uso previsto del hardware en virtud del contrato y en las instalaciones especificadas en el contrato. No está permitido el uso del hardware por o en beneficio de terceros. El derecho a utilizar el hardware es intransferible. El cliente no está autorizado a arrendar el hardware a terceros ni a permitir de otro modo que un tercero utilice el hardware o haga uso de él junto con el cliente.

71.2 El propio Cliente es responsable de instalar y montar el hardware y dejarlo listo para su uso.

71.3 El Cliente no está autorizado a utilizar el hardware o cualquier parte del mismo como garantía o aval, en modo alguno, ni a disponer del hardware o de cualquier parte del mismo de otro modo.

71.4 El Cliente utiliza y mantiene el hardware con el debido cuidado. El cliente toma las medidas adecuadas para evitar cualquier daño al hardware. Si se produjera algún daño, el cliente informará inmediatamente al proveedor. Durante la vigencia del contrato de arrendamiento, el cliente será siempre responsable ante el proveedor por daños al hardware y robo, pérdida o apropiación indebida del hardware.

71.5 El cliente no está autorizado a modificar el hardware, ni total ni parcialmente, ni a añadirle nada. Si a pesar de ello se han realizado modificaciones o adiciones, el cliente está obligado a deshacer o eliminar estas modificaciones o adiciones a más tardar al final del contrato de arrendamiento.

71.6 Las partes acuerdan que los defectos en las modificaciones o adiciones realizadas en el hardware por o bajo las instrucciones del cliente y todos los defectos en el hardware causados por dichas modificaciones o defectos no se consideran defectos en el sentido del artículo 7:204 del Código Civil de los Países Bajos. El cliente nunca podrá presentar una reclamación contra el proveedor con respecto a dichos defectos. El proveedor no está obligado a realizar reparaciones o servicios de mantenimiento con respecto a dichos defectos.

71.7 El cliente no tendrá derecho a ninguna compensación por las modificaciones o adiciones realizadas por el cliente en el hardware arrendado si estas modificaciones o adiciones no se deshacen o eliminan, por cualquier motivo, al finalizar el contrato de arrendamiento o una vez finalizado éste.

71.8 El comitente informará por escrito y sin demora al proveedor sobre el embargo provisional del material, indicando la identidad del embargante y el motivo del embargo. El cliente permitirá sin demora que el agente judicial que practique el embargo inspeccione el contrato de arrendamiento.

Artículo 72 Mantenimiento del material arrendado

72.1 El Cliente no está autorizado a mantener él mismo el hardware alquilado ni a encargar su mantenimiento a terceros.

72.2 El comitente informará sin demora y por escrito al proveedor sobre los defectos que observe en el hardware arrendado. El proveedor hará todo lo posible, dentro de un plazo razonable y mediante un mantenimiento correctivo, para reparar los defectos del hardware que sean por cuenta del proveedor. El proveedor también tiene derecho, aunque no está obligado, a realizar servicios de mantenimiento preventivo en el hardware. Si así se solicita, el cliente ofrece al proveedor la oportunidad de realizar servicios de mantenimiento correctivo y/o preventivo. Las partes determinan conjuntamente, mediante consulta y por adelantado, las fechas y horas en las que deben realizarse los servicios de mantenimiento. El cliente no tendrá derecho a la sustitución del hardware durante los periodos en que se realicen los servicios de mantenimiento.

72.3 La obligación del Proveedor de reparar los defectos excluye:

  • reparar los defectos que el cliente aceptó al suscribir el contrato de arrendamiento;
  • reparar los defectos causados por circunstancias externas;
  • reparar los defectos imputables al cliente, a sus empleados y/o a terceros contratados por el cliente;
  • reparar los defectos causados por un uso descuidado, incorrecto o incompetente, o por un uso contrario al descrito en la documentación;
  • reparar defectos relacionados con el uso de piezas o artículos de consumo que no hayan sido recomendados o autorizados por el proveedor;
  • reparar los defectos causados por un uso del equipo contrario al previsto;
  • reparar los defectos causados por modificaciones o adiciones no autorizadas al hardware.

72.4 Si el proveedor repara o manda reparar los defectos mencionados en el párrafo anterior, el cliente deberá abonar, según las tarifas aplicables del proveedor, los gastos ocasionados por las reparaciones efectuadas.

72.5 El Proveedor siempre tendrá derecho a decidir no reparar los defectos y sustituir el hardware por otro similar, aunque no necesariamente idéntico.

72.6 El Proveedor nunca estará obligado a recuperar o reconstruir datos que se hayan perdido.

Artículo 73 Inspección final y devolución del material

73.1 Al finalizar el contrato de arrendamiento, el cliente devolverá el hardware al proveedor en su estado original. Cualquier coste de transporte incurrido por la devolución del hardware correrá a cargo del cliente.

73.2 Antes o a más tardar el último día laborable de la vigencia del contrato, el cliente prestará su asistencia en una inspección final conjunta del estado de los equipos. Los resultados de esta inspección final se recogerán en un informe que redactarán conjuntamente las partes. Este informe deberá ser firmado por ambas partes. Si el cliente no asiste a la inspección final, el proveedor tiene derecho a llevarla a cabo sin la presencia del cliente y a redactar él mismo el informe. Este informe será vinculante para el cliente.

73.3 El proveedor tiene derecho a hacer reparar a cuenta del cliente los defectos que figuren en el informe de inspección final y que sean -dentro de lo razonable- por cuenta y riesgo del cliente. El cliente es responsable de cualquier pérdida que sufra el proveedor porque el hardware esté temporalmente fuera de servicio o porque el proveedor no pueda arrendar el hardware a un tercero.

73.4 Si, al final de la vigencia del contrato de arrendamiento, el cliente no ha deshecho una modificación o eliminado una adición que el cliente implementó en el hardware, las partes acuerdan que se considera que el cliente ha renunciado a todos y cada uno de los derechos sobre dichas modificaciones y/o adiciones.
Sección 13. Mantenimiento del material
Las disposiciones de esta sección "Mantenimiento de hardware" se aplican, aparte de las disposiciones generales de estas condiciones generales, si el proveedor mantiene hardware, de cualquier naturaleza, para el cliente.

Artículo 74 Servicios de mantenimiento

74.1 El proveedor presta servicios de mantenimiento para el hardware especificado en el contrato de mantenimiento siempre que el hardware esté instalado en los Países Bajos.

74.2 El Cliente no tiene derecho a la sustitución temporal del hardware durante el tiempo que el proveedor tenga en su poder el hardware que debe ser mantenido.

74.3 El contenido y alcance de los servicios de mantenimiento a realizar y los niveles de servicio eventualmente aplicables se establecen en un acuerdo de mantenimiento por escrito. Si el mantenimiento no se ha acordado por escrito, el proveedor está obligado a hacer todo lo posible para reparar las averías, dentro de un plazo razonable, que hayan sido comunicadas por el cliente de forma adecuada. En estos términos generales, se entenderá por "mal funcionamiento" el incumplimiento por parte del hardware de las especificaciones de hardware dadas a conocer explícitamente por escrito por el proveedor o el incumplimiento ininterrumpido por parte del hardware de dichas especificaciones. Un mal funcionamiento sólo existe si el cliente no sólo puede demostrar sino también reproducir este mal funcionamiento. El proveedor también tiene derecho, aunque no está obligado, a realizar un mantenimiento preventivo.

74.4 El Cliente informará sin demora al proveedor de un mal funcionamiento del hardware, proporcionando una descripción detallada del mismo, cuando se produzca dicho mal funcionamiento.

74.5 El comitente prestará toda la asistencia requerida por el proveedor en el marco de los servicios de mantenimiento, por ejemplo, para suspender temporalmente el uso del hardware. El Cliente concede al personal del Proveedor o a terceros designados por el Proveedor acceso a la ubicación del hardware, presta la asistencia requerida y pone el hardware a disposición del Proveedor para que puedan llevarse a cabo los servicios de mantenimiento.

74.6 El Cliente garantiza que se realizará una copia de seguridad completa y en buen estado de todo el software y los datos grabados en o sobre el hardware antes de poner el hardware a disposición del proveedor para su mantenimiento.

74.7 A petición del proveedor, un miembro del personal del cliente experto en la materia en cuestión está presente para consultar cuando se realizan los servicios de mantenimiento.

74.8 El Cliente está autorizado a conectar hardware y sistemas no suministrados por el proveedor al hardware y a instalar software en dicho hardware.

74.9 Si, en opinión del proveedor, el mantenimiento del hardware requiere probar las conexiones del hardware con otro hardware o software, el cliente pondrá a disposición del proveedor tanto el otro hardware y software en cuestión como los procedimientos de prueba y los soportes de datos.

74.10 El material de ensayo necesario para el mantenimiento que no esté incluido en la gama normal de hardware del proveedor deberá ser facilitado por el cliente.

74.11 El cliente asume el riesgo de pérdida, robo o daño del hardware durante el tiempo que el proveedor tenga en su poder el hardware que debe mantener. Corresponde al cliente contratar un seguro contra este riesgo.

Artículo 75 Cuotas de mantenimiento

75.1 La cuota de mantenimiento no incluye:

  • costes de artículos de consumo, o de sustitución de estos artículos, como pilas, sellos, tinta y cartuchos de tinta, artículos de tóner, cables y accesorios;
  • los costes de las piezas, o de sustitución de las mismas, y de mantenimiento para reparar las averías causadas total o parcialmente por intentos de reparación realizados por terceros distintos del proveedor;
  • actividades realizadas para la revisión del hardware;
  • modificaciones del hardware;
  • el traslado, la reubicación o la reinstalación del hardware, o los costes de transporte cuando el hardware deba ser reparado o cualquier otra actividad derivada de estas actividades.

75.2 La cuota de mantenimiento se devengará con independencia de que el cliente haya puesto en funcionamiento y haga uso del hardware y de que haga uso de la opción de mantenimiento.

Artículo 76 Exclusiones

76.1 Las actividades realizadas para investigar o reparar fallos de funcionamiento causados o relacionados con errores del usuario, uso inadecuado del hardware o circunstancias externas como fallos de los servicios de Internet, conexiones a redes de datos, fuentes de alimentación o conexiones a hardware, software o materiales que no estén incluidos en el contrato de mantenimiento, no entran dentro del ámbito de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato de mantenimiento.

76.2 Las obligaciones del Proveedor con respecto al mantenimiento no cubren:

  • investigar o reparar fallos de funcionamiento causados o relacionados con una modificación del hardware llevada a cabo por una parte que no sea el proveedor o una parte que actúe en nombre del proveedor;
  • el uso del hardware incumpliendo las condiciones aplicables y el hecho de que el cliente no haya realizado el mantenimiento del hardware a tiempo.
    Las obligaciones de mantenimiento del Proveedor no incluyen la investigación o reparación de averías en el software instalado en el hardware.

76.3 Los gastos ocasionados por los servicios de mantenimiento y/o las investigaciones realizadas en virtud de los artículos 76.1 y/o 76.2 podrán ser cobrados por el proveedor, o facturados como gastos adicionales por el proveedor, según las tarifas aplicables del proveedor.

76.4 El Proveedor nunca estará obligado a recuperar datos corruptos o perdidos.

Condiciones generales de tratamiento de datos

Queremos ser transparentes en nuestro tratamiento de datos. Para algunos servicios, recurrimos a socios que hemos seleccionado con sumo cuidado. Se esfuerzan por ofrecer servicios potentes y acordes con nuestras políticas de seguridad y privacidad. Hemos firmado un Acuerdo de Tratamiento de Datos con cada socio.

Subprocesadores de infraestructuras

Centros de datos Greenhouse | Certificado ISO:9001 ISO:27001 e ISO:14001 | Países Bajos

Subprocesadores

Brevo | Proveedor de servicios de correo electrónico (sólo utiliza datos para enviar correos electrónicos, almacenamiento breve, para su uso exclusivo) | Francia

DNS fácil | Proveedor de servicios DNS y de equilibrio de carga (sólo se utiliza para infraestructura, resolución de nombres y análisis de consultas DNS) | Estados Unidos

WorldStream | Proveedor de alojamiento gestionado (sólo infraestructura, no procesa datos de clientes) | Países Bajos

Linode | Proveedor de alojamiento gestionado | Estados Unidos

Mollie | Proveedor de servicios de pago (sin almacenamiento de datos, sólo gestión de pagos) | Países Bajos

BunnyWay | Proveedor de red de contenidos | Eslovenia

Vultr | Proveedor de alojamiento gestionado (sólo clientes no comunitarios, sólo infraestructura, no procesa datos de clientes) | Estados Unidos

Nuestra política de contenidos

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Boletín y formularios

Tenemos un boletín para informar a los interesados de nuestros productos y/o servicios. Su dirección de correo electrónico se añadirá a la lista de suscriptores, pero sólo con su consentimiento. Cada boletín contiene un enlace con el que puede darse de baja de nuestro boletín.

Si rellena un formulario de contacto u otros formularios del sitio web o nos envía un correo electrónico, los datos que nos proporcione se conservarán durante el tiempo que sea necesario en función de la naturaleza del formulario o del contenido de su correo electrónico, para responder plenamente y gestionar correctamente su mensaje o correo electrónico.

Inscripción

Para poder utilizar nuestra herramienta de gestión de presentaciones, deberá registrarse en nuestro sitio web. Tras el registro, guardaremos el nombre de usuario y la contraseña elegidos, así como otros datos personales que nos haya facilitado. Guardamos estos datos personales con el fin de prestar nuestros servicios y combatir el uso fraudulento de los mismos. No facilitaremos los datos vinculados a su nombre de usuario a terceros, a menos que sea necesario para la ejecución del acuerdo que ha celebrado con nosotros o si así lo exige la ley. En caso de sospecha de fraude o uso indebido de nuestro sitio web, podremos entregar los datos personales a las autoridades competentes.

También es posible inscribirse en eventos organizados por nuestros clientes mediante el uso de nuestra herramienta de gestión de presentaciones. Cuando usted se inscribe en un acto de este tipo, nosotros y la parte que organiza el acto tenemos acceso a la información que usted nos proporcionó al inscribirse. Póngase en contacto con la parte organizadora del evento si desea saber cómo procesan sus datos personales.

 

Nombre de usuario y contraseña

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Facilitar datos a terceros

No facilitaremos sus datos a terceros, a menos que sea necesario para prestar nuestros servicios o cuando así lo exija la ley. En caso de uso fraudulento de nuestros servicios, podremos facilitar sus datos personales a las autoridades competentes.

Medidas de seguridad

Slidecrew adoptará las medidas de seguridad adecuadas para reducir el uso indebido y el acceso no autorizado a los datos personales. Una de las medidas de seguridad es una conexión Secure Sockets Layer que blindará las comunicaciones entre usted y nuestros sitios web.

Sitios web de terceros

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Cookies

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Cambios en esta política

Nos reservamos el derecho a modificar esta política. Le recomendamos que revise esta política con regularidad para mantenerse informado de cualquier cambio.

Inspección y modificación de sus datos

Siempre puede ponerse en contacto con nosotros si tiene alguna pregunta sobre nuestra política de privacidad o si desea revisar, modificar o eliminar sus datos personales.

Esta política de privacidad se modificó por última vez el 1 de noviembre de 2018.